En relación a la ejecución de la sentencia dictada
en el recurso contencioso-administrativo número
2.870 de 1995, interpuesto por la "Societat de Gestió
Cadastral i Tributaria, Sociedad Anónima" contra
Centro de Gestión Catastral, y a los efectos de
cumplir el fallo de la misma, se requiere a la citada
sociedad para que en el plazo de un mes, comunique
a esta Gerencia los gastos de mantenimiento de
los avales y fianzas prestados por la sociedad en
garantía de la ejecución del contrato 288UR290,
y aporte la documentación justificativa de los
mismos.
Málaga, 11 de julio de 2002.-El Delegado de
Economía y Hacienda, Santiago Quintana de
Blas.-&34.992.
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