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Documento BOE-B-2002-179046

GESPASTOR, S. A., SGIIC

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 27 de julio de 2002, páginas 6172 a 6172 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-179046

TEXTO

Se comunica a los señores partícipes de "Pastor

Renta Garantizada 5A, FIM", que como

consecuencia de la finalización, el día 31 de julio de 2002,

del período de garantía en vigor, Banco Pastor

procederá a la renovación de dicha garantía en los

siguientes términos:

1. Período de suscripción: Entre el 1 de agosto

y el 20 de septiembre de 2002, ambos inclusive.

2. Período de garantía: Entre el 20 de

septiembre de 2002 y el 20 de septiembre de 2005, ambos

inclusive.

3. Condiciones: Banco Pastor garantizará por

escrito a todos aquellos que sean partícipes del

Fondo a 20 de septiembre de 2002, que recibirán una

renta trimestral de 70 euros por cada 10.000 euros

que posean en el Fondo el día del inicio del período

de garantía y que el valor total de sus participaciones

el día 20 de septiembre de 2005 será igual o superior

al valor total de sus participaciones el día 20 de

septiembre de 2002. Cualquier reembolso realizado

por importe o en fecha distintos a los establecidos

en el Plan de Rentas, así como la suspensión o

cancelación voluntaria del Plan por parte del

partícipe, dará lugar a que la presente garantía quede

sin efecto. Esta garantía supone una TAE del 2,83

por 100. La comisión de gestión, actualmente fijada

en el 1 por 100 anual del patrimonio del Fondo,

se reducirá al 0,88 por 100, mientras que la comisión

de depósito, actualmente fijada en el 0,14 por 100

del patrimonio del Fondo, se elevará al 0,15 por

100. Las comisiones de suscripción y de reembolso

se establecen en el 5 por 100 de las cantidades

suscritas o reembolsadas, respectivamente. Estas

modificaciones, de acuerdo con la actual normativa,

generan un derecho de separación a favor de los

partícipes, en los términos que se establecen en el

artículo 35.2 del Real Decreto 1393/1990. Existe

un folleto explicativo con las características de esta

nueva garantía, que ha sido aprobado por la CNMV

y se encuentra a disposición del público en las

oficinas del Banco Pastor.

Madrid, 25 de julio de 2002.-El Director

general.-35.956.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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