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Documento BOE-B-2002-181108

Resolución de la Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La Mancha relativa al expediente de expropiación forzosa de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto de las obras "Acondicionamiento y mejora de trazado en la CN-320, punto kilométrico 268,600 al 277,000, tramo Horche-Guadalajara", clave 39-GU-2580.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 2002, páginas 6236 a 6237 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-181108

TEXTO

Con fecha 21 de junio de 2000, por Resolución

de la Dirección General de Carreteras, se aprueba

el proyecto reseñado. Posteriormente, con fecha 5

de abril de 2002, la misma Dirección General

aprueba el proyecto reseñado anulando la aprobación

anterior. Con fecha 7 de febrero de 2002 se da

orden a la Demarcación de Carreteras del Estado

en Castilla-La Mancha de iniciar el expediente de

expropiación forzosa de los bienes y derechos

afectados en los términos municipales de Horche,

Guadalajara y Yebes, por motivo de la ejecución de

las obras del proyecto citado, estando declarada de

urgencia, según el artículo 72 de la Ley 42/1994,

de 30 de diciembre "De medidas fiscales,

administrativas y de orden social". Con motivo de la

nueva aprobación, se da nueva orden a la

Demarcación de Carreteras del Estado en Castilla-La

Mancha, quedando anulada la anterior, para iniciar el

expediente de expropiación forzosa de los bienes

y derechos afectados por las obras de referencia.

Por consiguiente, en aplicación de los artículos 8.1

y 2 de la Ley 25/88, de 29 de junio "de carreteras",

según la redacción dada al mismo por el

artículo 77 de la Ley 24/01, de 27 de diciembre "de

medidas fiscales, administrativas y de orden social"

y siendo el procedimiento aplicable el de urgencia,

procede la tramitación del correspondiente

expediente de expropiación, ajustándose a lo previsto

en el artículo 52 de la vigente Ley de Expropiación

Forzosa de 16 de diciembre de 1954, y concordantes

de su Reglamento de 26 de abril de 1957. A tenor

de ello, esta Demarcación ha resuelto:

Primero.-Publicar la convocatoria para el

levantamiento de actas previas a la ocupación a que se

refiere el artículo 52.2.o de la Ley de Expropiación

Forzosa, en los tablones oficiales de los

Ayuntamientos donde radiquen los bienes y derechos

afectados y en el "Boletín Oficial del Estado", "Boletín

Oficial de la Provincia de Guadalajara" y en los

diarios "Guadalajara 2000" y "Nueva Alcarria",

ambos de la capital de Guadalajara, señalándose

que la comparecencia tendrá lugar en los indicados

ayuntamientos, para iniciar el levantamiento de actas

previas, con el siguiente calendario:

Ayuntamiento y término municipal de

Guadalajara: Día 27 de agosto de 2002, de diez a trece

horas treinta minutos y de dieciséis horas treinta

a dieciocho horas diez minutos; día 28 de agosto

de nueve horas a once horas treinta minutos.

Ayuntamiento y término municipal de Horche:

Día 28 de agosto, de dieciséis horas a dieciocho

horas veinte minutos; día 29 de agosto de nueve

horas a once horas cuarenta minutos.

Ayuntamiento y término municipal de Yebes: Día

29 de agosto, a las dieciséis horas.

Segundo.-Notificar individualmente a cada uno

de los interesados el día y la hora del levantamiento

del acta previa de las fincas de su presunta

pertenencia, al que habrán de asistir personalmente

o representados por persona debidamente

autorizada, portando los documentos acreditativos de su

personalidad y de la titularidad de los bienes y

derechos afectados por la expropiación, así como el

último recibo del Impuesto sobre Bienes Inmuebles,

pudiendo hacerse acompañar, si lo desean y con

gastos a su costa, de Peritos y Notario, advirtiéndose

que, en caso de incomparecencia, se entenderán

las diligencias con el Ministerio Fiscal según el

artículo 5 de la Ley de Expropiación Forzosa. En

los casos de posibles interesados no identificados,

titulares de bienes y derechos no identificados e

interesados con paradero desconocido, en

aplicación del artículo 59.4.o de la Ley de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y

Procedimiento Administrativo Común, de 26 de noviembre

de 1992, la publicación en los boletines oficiales

y en los tablones de anuncios de los Ayuntamientos

de su último domicilio tienen los efectos de la

notificación.

Tercero.-Significar que, de acuerdo con el

artículo 56.2 del Reglamento de Expropiación Forzosa,

los interesados propietarios, titulares de derechos

reales e intereses económicos directos sobre la cosa

expropiable, así como los arrendatarios, podrán

for

mular por escrito, hasta el momento del acta previa

y ante la Demarcación de Carreteras del Estado

en Castilla-La Mancha (plaza de Santa Clara, 7,

45071 Toledo) alegaciones fundadas a los solos

efectos de subsanar posibles errores u omisiones que

se hayan encontrado en la relación de bienes y

derechos y en los planos parcelarios de la expropiación,

documentos que podrán consultarse por quienes lo

soliciten en los Ayuntamientos afectados por la

expropiación y en las dependencias de la Unidad

de Carreteras del Estado en Guadalajara (cuesta

de San Miguel, 1, 19071 Guadalajara) y en las de

la Demarcación de Carreteras del Estado en

Castilla-La Mancha (plaza de Santa Clara, 7, Toledo).

Toledo, 9 de julio de 2002.-El Jefe de la

Demarcación, Teodoro Abad Ortiz.-35.253.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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