Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras de fecha de 8 de mayo de 2002 se aprueba
el proyecto de construcción arriba indicado y se
ordena a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los bienes y
derechos afectados por la ejecución de las obras del
proyecto aprobado.
Es de aplicación el artículo 77.1 de la Ley 24/2001
de 27 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
de 31 de diciembre), que modifica la Ley 25/88,
de 29 de junio, de carreteras en sus artículos 8.1
y 2 a cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación
de los bienes por la expropiación forzosa a que
de lugar la aprobación de los proyectos de carreteras
estatales. La tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto,
al procedimiento de urgencia previsto en los
artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa
(en adelante LEF), de 16 de diciembre de 1954
y concordantes de su Reglamento de 26 de abril
de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo uso
de las facultades que le otorga el artículo 98 de
la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas
2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto convocar
a los propietarios que figuran en la relación que
se hará pública en el "Boletín Oficial de la Provincia
de Albacete", y que se encuentra expuesta en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Albacete,
así como en el de esta Demarcación de Carreteras
del Estado en Castilla-La Mancha y en la Unidad
de Carreteras del Estado en Albacete para que
asistan al levantamiento de las actas previas a la
ocupación en el lugar, día y hora que a continuación
se indica:
Lugar: Ayuntamiento de Albacete.
Día: 26 de septiembre de 2002 a partir de las
once horas.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los periódicos "La Tribuna"
y "La Verdad", de Albacete, y en el "Boletín Oficial
de la Provincia".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los titulares de bienes y derechos afectados que
sean desconocidos y a aquellos de los que se ignore
su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad, y el último recibo del Impuesto
de Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar
a su costa de peritos y notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18, 19.2 de la LEF
para que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrán prorrogarse hasta el
momento en que se proceda al levantamiento de
las citadas actas previas a la ocupación), los
interesados podrán formular por escrito, ante esta
Demarcación de Carreteras sita en la plaza de Santa
Clara, 7, 45071 Toledo, o en la Unidad de Carreteras
de Albacete sita en la calle Alcalde Conangla, 4,
entresuelo, 02071 Albacete, alegaciones a los sólos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Toledo, 8 de julio de 2002.-Teodoro Abad
Ortiz.-35.306.
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