Al no haberse podido practicar la notificación
personal a doña Isabelle Hoang, con número de
identificación fiscal X-1.169.180-K, representante
legal de doña Sandra Fuentes Hoang; don José
Manuel Quesada Duque, con número de
identificación fiscal 48.880.018-G; don Emilio Allonca
Fernández, con número de identificación fiscal
39.162.774-F, representante legal de doña Alejandra
Allonca Sánchez; doña María Ángeles Gálvez
Casado, con número de identificación fiscal
48.956.611-F; doña Amparo Barbero González, con
número de identificación fiscal 3.0222.572-C; doña
Yolanda Viega Vázquez, con número de
identificación fiscal 77.585.859-M, y doña Eva Jiménez
Díaz, con número de identificación fiscal
52.913.513-N, conforme dispone el artículo 59 de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, en su redacción
dada por la Ley 4/1999, a efectos de notificación
al interesado, y en aplicación de lo dispuesto en
el mismo artículo y en el segundo párrafo del artículo
60.2 de la Ley 30/1992, debe publicarse como
encabezamiento y parte dispositiva de las resoluciones
el siguiente extracto:
"La Dirección General de Cooperación Territorial
y Alta Inspección ha resuelto la desestimación del
recurso de reposición interpuesto por doña Isabelle
Hoang, con número de identificación fiscal
X-1.169.180-K, representante legal de doña Sandra
Fuentes Hoang; don José Manuel Quesada Duque,
con número de identificación fiscal 48.880.018-G;
don Emilio Allonca Fernández, con número de
identificación fiscal 39.162.774-F, representante legal de
doña Alejandra Allonca Sánchez; doña María
Ángeles Gálvez Casado, con número de identificación
fiscal 48.956.611-F; doña Amparo Barbero
González, con número de identificación fiscal
30.222.572-C; doña Yolanda Viega Vázquez, con
número de identificación fiscal 77.585.859-M, y
doña Eva Jiménez Díaz, con número de
identificación fiscal 52.913.513-N; todos ellos
correspondientes a la convocatoria de becas y ayudas al estudio
para el curso académico 1999-2000".
Los expedientes se encuentran a disposición de
los interesados en la Subdirección General de Becas
y Promoción Educativa (Servicio de Reclamaciones,
Verificación y Control, teléfono 91 377 83 00; calle
Torrelaguna, 58, 28027 Madrid).
Esta resolución es definitiva en la vía
administrativa y contra la misma cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
conforme a lo establecido en el artículo 11.1 de
la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa y el
artículo 66 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley
Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de
dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha
de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en
el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
Madrid, 19 de julio de 2002.-Amalia I. Gómez
Rodríguez.-35.477.
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