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El Tribunal Económico-Administrativo Central,
en Sala, en el recurso extraordinario de revisión
interpuesto por doña Margarita Pozuelo Royuela,
contra liquidación provisional de fecha de 3 de
diciembre de 1997, correspondiente al Impuesto
sobre el Valor Añadido de 1996 y cuantía de 153,08
euros (25.471 pesetas), acuerda estimar el presente
recurso, anulando la liquidación impugnada y
reconociendo el derecho de la recurrente a obtener la
restitución de las cantidades que por este concepto
hubieran sido ingresadas, junto con los
correspondientes intereses.
Lo que notifico reglamentariamente a usted,
advirtiéndole que contra esta resolución definitiva en vía
económico-administrativa puede interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional
en el plazo de dos meses a contar del día siguiente
a la fecha de este edicto.
Madrid, 17 de julio de 2002.-Alejandro Rebollo
Álvarez-Amandi.-37.199.
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