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Documento BOE-B-2002-197041

Resolución de la Dirección General de Política Energética y Minas por la que se autoriza a "Iberdrola Distribución Eléctrica, S. A. U." la ampliación de la subestación de "Quel", en el término municipal de Quel (La Rioja).

Publicado en:
«BOE» núm. 197, de 17 de agosto de 2002, páginas 6882 a 6882 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-197041

TEXTO

Visto el expediente incoado en el Área de Industria

y Energía de la Delegación del Gobierno en La

Rioja, a instancia de "Iberdrola Distribución

Eléctrica, S. A. U." y en su nombre "Iberdrola Ingeniería

y Consultoría, S. A.", con domicilio en Bilbao,

Alameda de Urquijo, número 4, solicitando la

autorización de la ampliación de la instalación que se

cita.

Resultando que sometida la petición de la empresa

a información pública, de conformidad con lo

establecido en el artículo 125 del Real Decreto

1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan

las actividades de transporte, distribución,

comercialización, suministro y procedimientos de

autorización de instalaciones de energía eléctrica,

durante el plazo reglamentario no se ha presentado

alegación alguna ni oposición al proyecto,

Resultando que la subestación fue autorizada y

declarada, en concreto, de utilidad pública por

Resolución de la Delegación Provincial del Ministerio

de Industria en Logroño, de fecha 4 de mayo

de 1977, autorizándose su ampliación por

Resolución de la Dirección General de la Energía del

Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, de fecha

20 de mayo de 1993,

Resultando que por parte del Ayuntamiento de

Quel, en cuyo término municipal radica la

subestación, tampoco se manifiesta oposición al proyecto,

Visto el informe favorable emitido por el Área

de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno

en La Rioja;

Visto el informe de la Comisión Nacional de

Energía, aprobado en Consejo de Administración en su

sesión celebrada el día 18 de abril de 2002;

Considerando que la subestación de "Quel" ya

estaba reconocida a IBERDROLA I a efectos

retributivos establecidos en el Marco Legal Estable del

Real Decreto 1538/1987,

Considerando que se han cumplido los trámites

reglamentarios establecidos en el capítulo II del

título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de

diciembre,

Esta Dirección General de Política Energética y

Minas ha resuelto autorizar a "Iberdrola

Distribución Eléctrica, S. A. U." la ampliación de la

subestación transformadora y de distribución de 220/66

kV denominada "Quel", en el término municipal

de Quel (La Rioja), que consiste básicamente en:

Instalación de un nuevo transformador trifásico

en baño de aceite, 220/66 kV y 175 MVA. Sistema

de 220 kV:

Ampliación de un módulo de estructura de 17

metros.

Ampliación de una posición de transformador.

La aparamenta a instalar en esta posición está

formada por un interruptor, dos seccionadores de

barras, tres transformadores de tensión, tres

transformadores de intensidad y tres pararrayos

autoválvulas. Sistema de 66 kV:

El nuevo parque de 66 kV será en configuración

simple barra, con embarrado tubular con capacidad

para 8 posiciones:

3 posiciones de línea, denominadas Caluengo 1

y 2 y Yerga-Gatún.

1 posición de transformador.

1 posición de unión con el actual sistema de 66

kV de doble barra.

2 posiciones de reserva (una con seccionador de

aislamiento lado barras).

1 posición para futura ampliación.

La aparamenta a instalar en el parque de 66 kV,

simple barra, será:

En la posición de transformador se instalará un

interruptor, tres transformadores de intensidad, un

seccionador de aislamiento y tres pararrayos.

En la posición de unión con el parque doble barra,

aisladores de apoyo.

En cada posición de línea se instalará un

seccionador de aislamiento de la línea con puesta a

tierra, un seccionador de aislamiento de barras, un

interruptor, tres transformadores de intensidad y un

transformador de tensión.

Parque de 66 kV de doble barra:

En la posición de enlace con el parque de 66 kV

de simple barra se instalarán dos seccionadores

selectores de barra, un interruptor, tres

transformadores de intensidad y un seccionador de aislamiento.

Instalación de equipos de control y protección.

Instalaciones de puesta a tierra y de servicios

auxiliares.

Quedan excluidos del régimen retributivo

establecido en el Real Decreto 2819/1998, de 23 de

diciembre, tanto el sistema de 66 kV como el transformador

de potencia de 66/220 kV y 175 MVA, y la conexión

a las Barras de 220 kV. Para el interruptor de barras,

los costes de operación y mantenimiento serán

asumidos por el sistema.

La finalidad de la ampliación es posibilitar la

evacuación de la energía generada en los parques eólicos

de Caluengo 1 y 2 y Yerga-Gatún, así como mejorar

la distribución de energía eléctrica en la zona.

Contra la presente Resolución cabe interponer

recurso de alzada ante el excelentísimo señor

Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la

Pequeña y Mediana Empresa, en el plazo de un

mes, de acuerdo con lo establecido en la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de la Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, modificada por la Ley

4/1999, de 13 de enero, y en el artículo 14.7 de

la Ley 6/1997, de 14 de abril, de organización y

funcionamiento de la Administración General del

Estado.

Madrid, 17 de mayo de 2002.-La Directora

general, Carmen Becerril Martínez. Área de Industria

y Energía: Delegación del Gobierno en La Rioja.

Logroño.-38.733.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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