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Documento BOE-B-2002-199052

Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre notificación acuerdo de resolución expediente sancionador.

Publicado en:
«BOE» núm. 199, de 20 de agosto de 2002, páginas 6920 a 6921 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Economía
Referencia:
BOE-B-2002-199052

TEXTO

Por el presente anuncio, en cumplimiento con

lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,

de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC), y la Ley

24/2001, de 27 de diciembre, y dado que no ha

podido ser notificada en su último domicilio social

conocido, se notifica a la sociedad que se relaciona

en el anexo que, en virtud de lo establecido en

el artículo 20 del Reglamento del Procedimiento

para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (en

adelante RPS), aprobado mediante Real Decreto

1398/1993, de 4 de agosto, ha sido dictada con

fecha de 11 de junio de 2002, y en el curso de

expediente administrativo sancionador seguido

frente a ella, resolución del Presidente del Instituto de

Contabilidad y Auditoría de Cuentas.

Dado que este acto no se publica en su integridad,

de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2

y 61 de la LRJ-PAC, se indica a la sociedad

inculpada que el texto íntegro de la resolución que se

notifica se encuentra a su disposición, junto al resto

de la documentación del expediente, en la sede de

este Instituto, calle Huertas, número 26, 28014

Madrid.

Dicho expediente se inició por el Presidente del

Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas

de fecha 13 de marzo de 2002, tras remitir la

Dirección General de los Registros y del Notariado a

dicho Instituto, en virtud de lo dispuesto en el

artículo 371 del Reglamento del Registro Mercantil,

aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de

julio, una relación continente de las sociedades

incumplidoras de la obligación de depósito de

cuentas anuales, en la que figuraba incluida la entidad

inculpada que en el anexo se relaciona.

Concluida la fase de instrucción de dicho

expediente, y teniendo en cuenta lo establecido en los

artículos 218 y 221 del Texto Refundido de la Ley

de Sociedades Anónimas, aprobado mediante Real

Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre

(en adelante, TRLSA), según redacción posterior

a las reformas operadas por el número 20 de la

Disposición Adicional Segunda de la Ley 2/1995,

de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad

Limitada, y con el añadido introducido por la

disposición adicional tercera de la Ley 7/1996, de 15

de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,

y considerando igualmente, de conformidad con lo

establecido en el apartado 2 del artículo 13 del

RPS, el hecho de que la sociedad inculpada no

ha suministrado al órgano instructor la información

solicitada en el acuerdo de incoación, acerca de

su importe total de las partidas de activo y cifra

de ventas, ni ha formulado alegaciones o presentado

documentos o informaciones que desvirtúen los

hechos que motivaron la incoación del

correspondiente procedimiento, se resuelve:

Primero.-Considerar que los hechos enjuiciados

respecto de la sociedad inculpada constituyen

infracciones de las previstas en el artículo 221 del mismo

TRLSA, al haber quedado acreditado que dicha

sociedad no depositó en la debida forma en el

Registro Mercantil las preceptivas cuentas anuales y resto

de documentación correspondiente al ejercicio

social de 1999, y por tanto incumplió la obligación

establecida en el artículo 218 del TRLSA.

Segundo.-Declarar a la sociedad responsable

directa de la comisión de la citada infracción.

Tercero.-Imponer, en consecuencia, a la sociedad

que se relaciona en el anexo, dando cumplimiento

a lo previsto en el artículo 221.2 del TRLSA, y

de acuerdo con su cifra de capital social, sanción

de multa por el importe que en el mismo se detalla.

El ingreso correspondiente a la multa en él

impuesta deberá realizarse en el Tesoro, Caja de

la Delegación Provincial del Ministerio de Hacienda

correspondiente a su domicilio social, en el plazo

establecido en el Reglamento General de

Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de

20 de diciembre, en su articulo 20, apartado 2, letras

a) y b), según lo dispuesto en el apartado 4, los

cuales estipulan que, "a) Las notificadas entre los

días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de

notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el

inmediato hábil posterior. b) Las notificadas entre los

días 16 y último de cada mes, desde la fecha de

notificación hasta el día 20 del mes siguiente o

el inmediato hábil posterior", debiendo remitir copia

del justificante de dicho ingreso a este Instituto.

Como fecha de la notificación de dicha deuda a

que hacen referencia los referidos apartados a) y

b) deberá tomarse aquella en que la resolución

notificada adquiera firmeza en vía administrativa, a tenor

de lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común ("La resolución será

ejecutiva cuando ponga fin a la vía administrativa").

A tales efectos, ha de tenerse en cuenta que, caso

de interponer recurso de alzada, la resolución será

firme cuando aquel sea resuelto expresa o

presuntamente, y caso de no ser interpuesto dicho recurso,

la resolución será firme transcurrido el plazo de

un mes, desde la recepción de esta notificación,

en virtud de lo establecido en el artículo 115 de

la Ley 30/1992 (de acuerdo con la redacción dada

por la Ley 4/1999, de 13 de enero).

Contra la resolución notificada podrá la sociedad

inculpada interponer recurso de alzada ante el

Ministro de Economía, en el plazo de un mes, a

partir de la fecha de la presente publicación o desde

el último día de exposición en el tablón de anuncios

del Ayuntamiento del domicilio social

correspondiente a la sociedad, de acuerdo con lo establecido

en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de

Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas

y del procedimiento Administrativo Común (de

conformidad con la redacción dada por la Ley 4/1999

de 13 de enero).

Anexo

Relación de número de expediente, sociedad

inculpada, domicilio social, cifra de capital social y multa

impuesta para cada sociedad

2002006621. "Probimsa, Sociedad Anónima".

Paseo de Gracia, número 61. 08007 Barcelona.

9.015.181,57 euros. 56.446,00 euros.

Madrid, 8 de agosto de 2002.-El Secretario

general, Pedro A. de María Martín.-38.209.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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