Content not available in English
Por el presente anuncio, en cumplimiento con
lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común (en adelante LRJ-PAC), y la Ley
24/2001, de 27 de diciembre, y dado que no ha
podido ser notificada en su último domicilio social
conocido, se notifica a la sociedad que se relaciona
en el anexo que, en virtud de lo establecido en
el artículo 20 del Reglamento del Procedimiento
para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora (en
adelante RPS), aprobado mediante Real Decreto
1398/1993, de 4 de agosto, ha sido dictada con
fecha de 11 de junio de 2002, y en el curso de
expediente administrativo sancionador seguido
frente a ella, resolución del Presidente del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
Dado que este acto no se publica en su integridad,
de conformidad con lo previsto en los artículos 60.2
y 61 de la LRJ-PAC, se indica a la sociedad
inculpada que el texto íntegro de la resolución que se
notifica se encuentra a su disposición, junto al resto
de la documentación del expediente, en la sede de
este Instituto, calle Huertas, número 26, 28014
Madrid.
Dicho expediente se inició por el Presidente del
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
de fecha 13 de marzo de 2002, tras remitir la
Dirección General de los Registros y del Notariado a
dicho Instituto, en virtud de lo dispuesto en el
artículo 371 del Reglamento del Registro Mercantil,
aprobado por Real Decreto 1784/1996, de 19 de
julio, una relación continente de las sociedades
incumplidoras de la obligación de depósito de
cuentas anuales, en la que figuraba incluida la entidad
inculpada que en el anexo se relaciona.
Concluida la fase de instrucción de dicho
expediente, y teniendo en cuenta lo establecido en los
artículos 218 y 221 del Texto Refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas, aprobado mediante Real
Decreto Legislativo 1564/1989, de 22 de diciembre
(en adelante, TRLSA), según redacción posterior
a las reformas operadas por el número 20 de la
Disposición Adicional Segunda de la Ley 2/1995,
de 23 de marzo, de Sociedades de Responsabilidad
Limitada, y con el añadido introducido por la
disposición adicional tercera de la Ley 7/1996, de 15
de enero, de Ordenación del Comercio Minorista,
y considerando igualmente, de conformidad con lo
establecido en el apartado 2 del artículo 13 del
RPS, el hecho de que la sociedad inculpada no
ha suministrado al órgano instructor la información
solicitada en el acuerdo de incoación, acerca de
su importe total de las partidas de activo y cifra
de ventas, ni ha formulado alegaciones o presentado
documentos o informaciones que desvirtúen los
hechos que motivaron la incoación del
correspondiente procedimiento, se resuelve:
Primero.-Considerar que los hechos enjuiciados
respecto de la sociedad inculpada constituyen
infracciones de las previstas en el artículo 221 del mismo
TRLSA, al haber quedado acreditado que dicha
sociedad no depositó en la debida forma en el
Registro Mercantil las preceptivas cuentas anuales y resto
de documentación correspondiente al ejercicio
social de 1999, y por tanto incumplió la obligación
establecida en el artículo 218 del TRLSA.
Segundo.-Declarar a la sociedad responsable
directa de la comisión de la citada infracción.
Tercero.-Imponer, en consecuencia, a la sociedad
que se relaciona en el anexo, dando cumplimiento
a lo previsto en el artículo 221.2 del TRLSA, y
de acuerdo con su cifra de capital social, sanción
de multa por el importe que en el mismo se detalla.
El ingreso correspondiente a la multa en él
impuesta deberá realizarse en el Tesoro, Caja de
la Delegación Provincial del Ministerio de Hacienda
correspondiente a su domicilio social, en el plazo
establecido en el Reglamento General de
Recaudación, aprobado por Real Decreto 1684/1990, de
20 de diciembre, en su articulo 20, apartado 2, letras
a) y b), según lo dispuesto en el apartado 4, los
cuales estipulan que, "a) Las notificadas entre los
días 1 y 15 de cada mes, desde la fecha de
notificación hasta el día 5 del mes siguiente o el
inmediato hábil posterior. b) Las notificadas entre los
días 16 y último de cada mes, desde la fecha de
notificación hasta el día 20 del mes siguiente o
el inmediato hábil posterior", debiendo remitir copia
del justificante de dicho ingreso a este Instituto.
Como fecha de la notificación de dicha deuda a
que hacen referencia los referidos apartados a) y
b) deberá tomarse aquella en que la resolución
notificada adquiera firmeza en vía administrativa, a tenor
de lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común ("La resolución será
ejecutiva cuando ponga fin a la vía administrativa").
A tales efectos, ha de tenerse en cuenta que, caso
de interponer recurso de alzada, la resolución será
firme cuando aquel sea resuelto expresa o
presuntamente, y caso de no ser interpuesto dicho recurso,
la resolución será firme transcurrido el plazo de
un mes, desde la recepción de esta notificación,
en virtud de lo establecido en el artículo 115 de
la Ley 30/1992 (de acuerdo con la redacción dada
por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Contra la resolución notificada podrá la sociedad
inculpada interponer recurso de alzada ante el
Ministro de Economía, en el plazo de un mes, a
partir de la fecha de la presente publicación o desde
el último día de exposición en el tablón de anuncios
del Ayuntamiento del domicilio social
correspondiente a la sociedad, de acuerdo con lo establecido
en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992 de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del procedimiento Administrativo Común (de
conformidad con la redacción dada por la Ley 4/1999
de 13 de enero).
Anexo
Relación de número de expediente, sociedad
inculpada, domicilio social, cifra de capital social y multa
impuesta para cada sociedad
2002006621. "Probimsa, Sociedad Anónima".
Paseo de Gracia, número 61. 08007 Barcelona.
9.015.181,57 euros. 56.446,00 euros.
Madrid, 8 de agosto de 2002.-El Secretario
general, Pedro A. de María Martín.-38.209.
State Agency Official State Gazette
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid