Contingut no disponible en valencià
Ahorro activo Fondtesoro FIAMM
En cumplimiento de lo previsto en la legislación
vigente y especialmente en el artículo 17 de la Ley
46/1984, de 26 de diciembre, de Instituciones de
Inversión Colectiva, y en el artículo 35.2 del Real
Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre, se hace
público que la Dirección General del Tesoro y
Política Financiera del Ministerio de Economía, en fecha
21 de junio de 2002, a propuesta de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores, autorizó la
modificación del Reglamento de Gestión del fondo
mediante texto refundido, al objeto de establecer
una comisión de depósito, adaptar la comisión de
gestión a la normativa vigente, eliminar la
posibilidad de establecer un volumen máximo de
participaciones por partícipe y cambiar el valor
liquidativo aplicable a suscripciones y reembolsos que
pasará a ser el del mismo día de la fecha de solicitud.
Como consecuencia de lo anterior y a los efectos
establecidos en la legislación vigente en materia de
Instituciones de Inversión Colectiva, se comunica
a los partícipes, del fondo, el derecho de separación
que les asiste, ejercitable en el plazo de un mes
a contar desde la fecha de la publicación de este
anuncio o de la remisión de la oportuna
comunicación a los partícipes si ésta fuera posterior, sin
deducción de comisiones de reembolso ni gasto
alguno, de acuerdo con lo establecido en el artículo 35.2
antes citado.
Barcelona, 1 de julio de 2002.-"Adepa, S. A.,
SGIIC", el Secretario del Consejo de
Administración.-38.977.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid