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A efectos previstos en el artículo 59 de la Ley
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de
26 de noviembre de 1992, se hace público que se
requiere a los obligados que se citan para que en
el plazo de un mes, desde la fecha de esta
publicación, procedan a la ejecución voluntaria de la
obligación de restituir el terreno a su estado
primitivo que se les impuso en las resoluciones dictadas
por la Confederación Hidrográfica del Tajo en los
expedientes que se relacionan a continuación, cuya
notificación se ha intentado sin que se haya podido
practicar. A continuación se recogen los siguientes
conceptos: Expediente, obligado, Código de
Identificación Fiscal/Número de Identificación Fiscal y
fecha de resolución:
D.-17090/A. Justino Vallejo Blasco. 373452F,
30 de mayo de 1996.
Transcurrido el referido plazo de un mes sin haber
realizado la ejecución voluntaria se procederá por
esta Confederación Hidrográfica del Tajo a la
ejecución subsidiaria a su cargo.
Madrid, 29 de agosto de 2002.-El Secretario
general, Fernando Martínez Serrano.-40.251.
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