Con fecha 10 de julio de 2002, la Dirección
General de Carreteras aprobó el proyecto reseñado, y
con fecha 29 de julio de 2002, la Dirección General
de Carreteras aprobó "informe-propuesta sobre las
justificaciones exigidas para los contratos de obras
por la legislación y normativa vigentes al respecto
y órdenes de iniciación y de continuación de la
tramitación del expediente de contratación"
ordenando a esta Demarcación la incoación del
expediente de expropiación forzosa de los terrenos
necesarios para la ejecución de las obras
correspondientes, conforme lo establecido en el artículo 8 de la
vigente Ley de Carreteras de 29 de julio de 1988,
tal aprobación lleva implícitas las declaraciones de
utilidad pública y necesidad de ocupación, a los
fines de expropiación, ocupación temporal o
imposición o modificación de servidumbres.
Mediante Ley 19/2001, de 19 de diciembre, de
reforma del texto articulado de la Ley sobre Tráfico,
Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial,
aprobado por Real Decreto 339/1990, de 2 de
marzo, se declara la urgente ocupación de los bienes
y derechos afectados por las mencionadas obras.
A tenor de ello, la tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar a lo
previsto en el artículo 52 de la vigente Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y
concordantes de su Reglamento, de 26 de abril
de 1957.
En consecuencia, haciendo uso de las facultades
que le otorga el artículo 98 de la citada Ley de
Expropiación Forzosa y atendiendo a lo señalado
en las reglas 2 y 3 de su artículo 52, así como
a lo previsto en el artículo 56.2 de su Reglamento,
esta Demarcación ha resuelto:
Primero.-Incoar el expediente de expropiación
forzosa en los términos y a los efectos previstos
en el artículo 21.1 y 36.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa.
Segundo.-Publicar la relación de interesados,
bienes y derechos en el tablón de anuncio del
Ayuntamiento de Lújar y Rubite (Granada) y en el de
la Demarcación de Carreteras del Estado en
Andalucía Oriental. Además de en los medios antes
citados, del señalamiento se dará cuenta a los
interesados mediante citación individual y a través de
la inserción del presente anuncio en el diario "Ideal"
de Granada, así como en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Granada" y en el "Boletín Oficial del
Estado". La publicación en los Boletines Oficiales,
a tenor de lo previsto en el artículo 59.4 de la
Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común de 26 de noviembre de 1992, servirá como
notificación a los posibles interesados no
identificados, a los titulares de bienes y derechos afectados
que sean desconocidos y a aquellos de los que se
ignore su paradero.
Tercero.-Convocar a los propietarios que figuran
en dicha relación para que asistan al levantamiento
de las actas previas a la ocupación que tendrá lugar
en las dependencias de los mencionados
Ayuntamientos durante los días y horas que se especifican
en aquélla y al final de esta Resolución, sin perjuicio
de trasladarse al terreno afectado, si se estima
necesario.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de los bienes y derechos que se expropian por sí
o representados por persona provista de Poder
debidamente autorizado, aportando los documentos
acreditativos de su titularidad y el último recibo
del Impuesto sobre Bienes Inmuebles, pudiendo
hacerse acompañar -a su costa- de Peritos y de
Notario, si así lo estiman oportuno.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, publicada dicha
Resolución y hasta el momento en que se proceda
al levantamiento de las citadas actas previas a la
ocupación, los interesados, así como todas aquellas
personas cuyos derechos o intereses legítimos hayan
podido omitirse al elaborar la relación de bienes
y titulares afectados, podrán formular por escrito
ante esta Demarcación (avenida de Madrid,
número 7, primera planta, Granada) cuantas alegaciones
estimen oportunas, a los solos efectos de subsanar
posibles errores que se hayan podido producir al
confeccionar la relación de bienes y derechos
afectados.
Para su mejor información, y durante el período
señalado, los interesados tendrán a su disposición
los planos-parcelarios de expropiaciones en los
Ayuntamientos de Lújar y Rubite y en las
dependencias de esta Demarcación de Carreteras.
Ayuntamiento de Rubite: Día 8 de octubre
de 2002, de nueve a diecinueve horas.
Ayuntamiento de Lujar: Día 9 de octubre de 2002,
de nueve a diecinueve horas.
Granada, 11 de septiembre de 2002.-El Jefe de
la Demarcación, Domingo Quesada
Martos.-42.351.
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