La empresa "Gas y Electricidad I, Sociedad
Anónima", unipersonal, con domicilio social en la calle
Joan Maragall, 16, de Palma, solicitó, el 8 de agosto
de 2001, la autorización administrativa y la
declaración, en concreto, de utilidad pública de la
instalación eléctrica siguiente:
Línea aérea de 15 kV y centro de transformación
Modesto, en el término municipal de Andratx.
En cumplimiento de los trámites establecidos en
el Decreto 99/1997, de 11 de julio, por el que se
regula el procedimiento aplicable a la tramitación
de las instalaciones eléctricas de la comunidad
autónoma de las Illes Balears ("Boletín Oficial de las
Illes Balears" número 93, de 26 de julio de 1997);
en los artículos 52, 53 y 54 de la Ley 54/1997,
de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico ("Boletín
Oficial del Estado" número 285, de 28 de noviembre
de 1997), y en el Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado"
número 310, de 27 de diciembre de 2000), esta solicitud
se ha notificado de forma individualizada a todos
los titulares afectados para que puedan formular
las alegaciones procedentes, se ha sometido a un
período de información pública, mediante el
anuncio publicado en el "Boletín Oficial de las Illes
Balears" número 140, de 22 de noviembre de 2001;
en el "Boletín Oficial del Estado" número 283, de
26 de noviembre de 2001, y en el diario "Última
Hora", el 14 de noviembre de 2001; esta publicación
produce los efectos previstos en los artículos 58,
59 y 60 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
respecto de todos los titulares afectados; y en
cumplimiento de los artículos 144 y 146 del Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre ("Boletín Oficial
del Estado" número 310, de 27 de diciembre de
2000), se ha notificado al Ayuntamiento de Andratx
para su exposición al público y para su conocimiento
como administración afectada.
No se han presentado alegaciones al proyecto.
La Comisión Balear del Medio Ambiente emitió
un informe desfavorable y aconsejó el uso de
energías alternativas. Este informe se notificó a la entidad
peticionaria, la cual alegó que se había iniciado la
tramitación del expediente antes de que entrara en
vigor el Plan Director Sectorial Energético ("Boletín
Oficial de las Illes Balears" de 24 de abril de 2002),
que cuenta con la pertinente licencia municipal y
con la declaración de interés general del Consejo
Insular de Mallorca. Además, el único vial de acceso
desde la red a los puntos de abastecimiento es una
carretera, y visto eso, y de acuerdo con la Ley de
carreteras (Ley 5/1990), es imposible la ejecución
subterránea.
En relación con la posibilidad de instalar placas
solares, alega que el impacto visual sería hasta
superior al de la instalación de la línea aérea.
Vista la contestación hecha por la entidad
peticionaria y la ausencia de alegaciones, y visto que
el informe de la Comisión Balear del Medio
Ambiente carece de motivación; por todo ello, cumplidos
los trámites administrativos que establecen la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico; el título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1
de diciembre; el Decreto 99/1997, de 11 de julio,
por el que se regula el procedimiento aplicable a
la tramitación de las instalaciones eléctricas de la
Comunidad Autónoma de las Illes Balears, todos
ya mencionados; visto que el punto 2 del
artículo 18 del Decreto 58/2002, de 6 de abril, de
aprobación del Plan Director Sectorial Energético de
las Illes Balears, prevé, como una excepción a la
obligación de enterrar las líneas de media y baja
tensión en suelo rústico, la existencia de dificultades
técnicas, como es el caso, a causa de lo que establece
la Ley 5/1990, de 24 de mayo, de Carreteras de
la Comunidad Autónoma de las Illes Balears; vista
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, y las otras
normas legales que le sean de aplicación; haciendo uso
de las atribuciones que tengo legalmente conferidas,
resuelvo:
1. Autorizar la instalación de la línea aérea de
15 kV y el centro de transformación Modesto, en
el término municipal de Andratx, con las
características técnicas siguientes:
Peticionario: "Gas y Electricidad Distribución,
Sociedad Anónima", unipersonal.
Domicilio: Calle Joan Maragall, 16, Palma.
Situación de la instalación: En el término
municipal de Andratx.
Finalidad de la instalación: Dar suministro
eléctrico a la parcela 172, polígono 5, del término
municipal de Andratx.
Características técnicas: Centro de
transformación tipo intemperie, con transformador de hasta
160 kVA de 15000/380-220 voltios. Línea aérea
de 15 kV, 710 metros, conductores de Al-Alw de
49,49 milímetros cuadrados de sección.
Presupuesto: 36.955,60 euros.
2. Declarar la utilidad pública de la instalación
eléctrica que se autoriza, conforme a lo que
establecen los artículos 52 y siguientes de la
Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector
Eléctrico, que lleva implícita, en su caso, la necesidad
de ocupación de los bienes o la adquisición de los
derechos afectados de los propietarios con quien
la persona solicitante no ha llegado a un acuerdo,
e implica la ocupación urgente de los bienes y
derechos mencionados en el anexo de esta resolución,
a los efectos previstos en el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre
de 1954.
3. Contra esta resolución se puede interponer
un recurso potestativo de reposición ante el
Consejero de Economía, Comercio e Industria, en el
plazo de un mes a contar desde el día siguiente
a su notificación y publicación en el "Boletín Oficial
de las Illes Balears", de acuerdo con lo que
establecen los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común; o un recurso
contenciosoadministrativo ante la Sala Contenciosa
Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes
Balears, de acuerdo con lo que establecen los
artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contenciosa
Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde
el día siguiente a su notificación y publicación en
el "Boletín Oficial de las Illes Balears".
Anexo
Relación concreta e individualizada de bienes
y derechos afectados
1. Finca afectada: Polígono 5, parcela 170, del
término municipal de Andratx.
Propietaria: "Florianápolis, Sociedad Anónima".
Domicilio: Carretera del Capdellá, kilómetro 4,
Andratx. Paseo de Breda, Son Verí Nou, Llucmajor.
Afección:
Metros lineales de vuelo entre soportes: 210
metros.
Servidumbre: 210 m ^ 9 m = 1.890 metros
cuadrados.
Soportes: Uno.
Superficie total de la base de soportes: 1,21 metros
cuadrados.
2. Situación de la finca afectada: Polígono 7,
parcela 42, del término municipal de Andratx.
Propietaria: "Florianápolis, Sociedad Anónima".
Domicilio: Carretera del Capdellá, kilómetro 4,
Andratx. Paseo de Breda, Son Verí Nou, Llucmajor.
Afección:
Metros lineales de vuelo entre soportes: 290
metros.
Servidumbre: 290 m ^ 9 m = 2.610 metros
cuadrados.
Soportes: Cinco.
Superficie total de la base de soportes: 3,63 metros
cuadrados.
Palma de Mallorca, 17 de septiembre de 2002.-La
Directora general de Industria, Francisca Vives
Amer.-42.888.
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