El Consejo de la Comisión Nacional del Mercado
de Valores, en su reunión del día 9 de octubre
de 2002, ha adoptado el acuerdo de iniciar el
procedimiento de exclusión de negociación en Bolsa
de "Orozco, S. A.", dando publicidad al mismo
mediante la publicación del siguiente texto:
El artículo 84 de la Ley 24/1988, de 28 de julio,
del Mercado de Valores, somete a los emisores de
valores al régimen de supervisión de la Comisión
Nacional del Mercado de Valores. Por otra parte,
el artículo 34 de la misma Ley establece que la
Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá
proceder a la exclusión de aquellos valores que no
alcancen los requisitos de difusión, frecuencia o
volumen de contratación que reglamentariamente
se establezcan.
Procede por tanto, poner en conocimiento del
público que la Comisión Nacional del Mercado de
Valores ha iniciado, de acuerdo con las facultades
atribuidas por el artículo 34 de la Ley 24/1988,
de 28 de julio, del Mercado de Valores, el
procedimiento para excluir de negociación en Bolsa
a aquellos valores que no cumplen con los requisitos
de difusión, frecuencia o volumen de contratación
exigidos reglamentariamente. En consecuencia, se
publica este anuncio para que tanto "Orozco, S. A.",
como todos aquellos inversores o accionistas que
consideren que sus legítimos intereses pudieran
resultar afectados por esta exclusión presenten, en
el plazo de un mes a contar desde esta publicación,
sus alegaciones ante la Comisión Nacional del
Mercado de Valores, sita en el paseo del
Castellana, 19, 28046 Madrid.
Madrid, 11 de octubre de 2002.-El Director de
Mercados Secundarios.-44.810.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid