La Dirección General de Carreteras, con fecha
17 de junio de 2002, aprueba el proyecto de
construcción antes indicado, siendo de aplicación la
disposición adicional tercera de la Ley 19/2001, de 19
de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del 20),
a cuyo tenor se declara de urgencia la ocupación
de bienes por la expropiación forzosa a que de lugar
la construcción de la mencionada obra. La
tramitación del correspondiente expediente expropiatorio
se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de
urgencia, previsto en los artículos 52 de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, y concordantes de su Reglamento, de 26
de abril de 1957. En consecuencia, esta
Demar
cación, haciendo uso de las facultades que le otorga
el artículo 98 de la LEF, y atendiendo a lo señalado
en las reglas 2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto
convocar a los propietarios que figuran en la relación
que se hará pública en el "Boletín Oficial de la
Provincia de Cádiz", y que se encuentra expuesta
en el tablón de anuncios de los Ayuntamientos de
Vejer de la Frontera, Conil de la Frontera y Chiclana
de la Frontera, así como en el de esta Demarcación
de Carreteras y en la Unidad de Carreteras de Cádiz,
para que asistan al levantamiento de las actas previas
a la ocupación en los Ayuntamientos de Vejer de
la Frontera, Conil de la Frontera y Chiclana de
la Frontera, los días y horas que se indican en dicha
relación (anexo que se acompaña).
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados, mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en diarios provinciales, y en el
"Boletín Oficial del Estado". Esta última
publicación, a tenor de lo dispuesto en el artículo 59.4
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, servirá como notificación a los posibles
interesados no identificados, a los titulares de bienes
y derechos afectados que sean desconocidos, y a
aquellos de los que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad (original y fotocopia de escrituras),
y el último recibo del Impuesto sobre Bienes
Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a su costa, de
Peritos y Notarios.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además a los efectos de información pública
contemplados en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la LEF,
para que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrán prorrogarse hasta el
momento en que se proceda al levantamiento de
las citadas actas previas a la ocupación), los
interesados podrán formular, por escrito, ante esta
Demarcación de Carreteras de Cádiz, Acacias, 3,
11071 Cádiz, alegaciones a los efectos de subsanar
posibles errores que se hayan producido al relacionar
los bienes afectados por la urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
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