Con fecha 23 de octubre de 2001, el ilustrísimo
señor Director general de Industria, Energía y
Minas, ha dispuesto lo que sigue:
Vista la petición interesada por don Carlos
Kremers Winandy, en nombre y representación de la
entidad "Medición y Transporte, Sociedad
Anónima", con domicilio social en la avenida de
Manoteras, número 6, 28050 Madrid, en solicitud de
aprobación de modelo para el sistema de medida
instalado sobre camiones-cisterna destinados al
transporte por carretera y al suministro de líquidos de
poca viscosidad (viscosidad " ó = 20 mPa.s) y
almacenados a la presión atmosférica, con excepción
de los líquidos alimentarios, marca "Medición",
modelo SECL, en sus distintas versiones, provisto
de un contador volumétrico marca "Liquid
Controls";
Vista la Ley 3/1985, de 18 de marzo, de
Metrología; el Real Decreto 1616/1985, de 11 de
septiembre, por el que se establece el Control
Metrológico que realiza la Administración del Estado, así
como la Orden de 26 de diciembre de 1988 por
la que se regula el control de los contadores
volumétricos de líquidos distintos del agua y de sus
dispositivos complementarios, y la Orden de 28 de
diciembre de 1988, por la que se regulan los sistemas
de medida de líquidos distintos del agua;
Resultando que dicha entidad ha presentado la
documentación exigida en la normativa arriba citada;
Considerando que el subsistema de medida marca
"Medición", modelo MEL, versiones MEL5, MEL7,
MEL15 y MEL30, equipado con un cabezal
electrónico marca "Medición", modelo ME2000, y una
cámara de medida marca "Liquid Controls", modelos
M5, M7, M15 y M30, posee aprobación de modelo
concedida por Resolución de esta Dirección General
de Industria, Energía y Minas, de fecha 15 de julio
de 1999 ("Boletín Oficial del Estado" de 24 de
agosto);
Considerando que el sistema de medida está de
acuerdo con el esquema S3 contemplado en el
punto 4.2 de la Orden de 28 de diciembre de 1988,
por la que se regulan los sistemas de medida de
líquidos distintos del agua;
Considerando que en la documentación presentada
se acredita que cumple con las exigencias generales
establecidas en la citada Orden;
Considerando que en la tramitación del expediente
se han cumplimentado todos los trámites
reglamentarios,
De conformidad con la Ley Orgánica 3/1983, de
25 de febrero, por la que se aprueba el Estatuto
de Autonomía de la Comunidad de Madrid,
modificado por las Leyes Orgánicas 10/1994, de 24 de
marzo, y 5/1998, de 7 de julio, así como el
Decreto 239/2001, de 11 de octubre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Economía
e Innovación Tecnológica, por el que se atribuye
a esta Dirección General el ejercicio de las
competencias sobre esta materia,
Esta Dirección General de Industria, Energía y
Minas, en uso de sus atribuciones, resuelve:
Primero.-Conceder la aprobación de modelo, a
favor de la entidad "Medición y Transporte, Sociedad
Anónima", del sistema de medida instalado sobre
camiones-cisterna destinados al transporte por
carre
tera y al suministro de líquidos de poca viscosidad
(viscosidad " ó= 20 mPa.s) y almacenados a la
presión atmosférica, con excepción de los líquidos
alimentarios, marca "Medición", modelo SECL.
Las denominaciones y características son:
Marca: "Medición".
Modelo: SECL.
Versiones: SECL250, SECL500 y SECL750.
Características metrológicas:
Versión SECL 250 SECL 500 SECL 750
Subsistema de medida MEL5 MEL7 MEL15
Caudal máximo 250 l/mín. 500 l/mín. 750 l/mín.
Caudal mínimo 25 l/mín. 50 l/mín. 100 l/mín.
Sumini. mín. 50 litros 100 litros
Presión máxima 4 bar 6 bar
Viscos. máxima 21.000 mm2/s
Margen Temp. -10 oC a + 50 oC
Segundo.-El signo de aprobación de modelo
asignado será:
H-011
16
01006
Tercero.-Los instrumentos correspondientes a la
aprobación de modelo a que se refiere esta
Resolución llevarán, como mínimo, de manera visible
e indeleble, las siguientes inscripciones de
identificación (en su placa de características), aparte de
las propias de los elementos que los conforman
(en particular la del subsistema de medida):
Nombre y anagrama del fabricante.
Denominación del modelo y versión.
Número de serie y año de fabricación.
Caudal máximo en l/mín.
Caudal mínimo en l/mín.
Suministro mínimo en litros.
Presión máxima de funcionamiento, en bares.
Clase de líquidos a medir.
Margen de temperatura de funcionamiento, en
grados centígrados.
Signos de aprobación de modelo.
Indicación del esquema adoptado.
Cuarto.-Para garantizar un correcto
funcionamiento de los sistemas se procederá a su precintado
una vez realizada la verificación primitiva, según
se describe y representa en los planos contenidos
en el anexo al Certificado de Aprobación de Modelo.
Quinto.-Los sistemas correspondientes a la
aprobación de modelo a que se refiere esta Resolución
deberán cumplir todos los condicionamientos
contenidos en el anexo al Certificado de Aprobación
de Modelo.
Sexto.-De conformidad con lo establecido en el
artículo 2.o del Real Decreto 1616/1985, de 11 de
septiembre, la presente aprobación de modelo tiene
validez hasta el próximo 1 de noviembre de 2004
pudiendo ser prorrogada por períodos sucesivos, que
no podrán exceder cada uno de diez años, previa
solicitud presentada por el titular de la misma tres
meses antes de la fecha de vencimiento.
Contra esta Resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, podrá interponer recurso de
alzada en el plazo de un mes, a partir del día siguiente
a aquel en que tenga lugar la notificación, ante el
excelentísimo señor Consejero de Economía e
Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid,
de conformidad con el artículo 114 de la Ley de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común,
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, en su nueva
redacción dada por la Ley 4/1999.
Madrid, 24 de octubre de 2001.-El Jefe de
Servicio de Inspección e Infraestructura Industrial,
Rogelio Garrido Simón.-&2.241.
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