A los efectos previstos en la Ley 54/1997, de
27 de noviembre, del Sector Eléctrico, y en el Real
Decreto 1995/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución,
comercialización, suministro y procedimientos de
autorización de instalaciones de energía eléctrica,
se somete a información pública la petición de
autorización administrativa y el reconocimiento, en
concreto, de utilidad pública, que lleva implícita la
necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición
de los derechos afectados e implicará la urgente
ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de
1954.
A estos efectos se inserta la relación concreta
e individualizada de los bienes y derechos afectados
por el procedimiento de expropiación forzosa del
pleno dominio o para la imposición de servidumbre
de paso de energía eléctrica.
Descripción de la instalación:
Número de expediente: AT-9437.
Peticionario: "Promociones y Servicios
Hidráulicos, Sociedad Anónima".
Finalidad de la instalación: Evacuación de la
energía generada en la central hidroeléctrica de Giribaile
a la red eléctrica.
Línea eléctrica:
Origen: Subestación de la central hidroeléctrica
de Giribaile.
Final: Subestación de Linarejos propiedad de
Endesa.
Distribución eléctrica S.L.U. en Linares (Jaén).
Términos municipales afectados: Ibros, Vilches
y Linares (Jaén).
Tensión nominal: 132 kV.
Longitud: 8.900 m.
Conductor: LA-280.
Cable de tierra: OPGW-48.
Apoyos metálicos en celosía.
Presupuesto en euros: 345.748,67.
Asimismo, se encuentra incorporado al expediente
administrativo el estudio de impacto ambiental de
la instalación a los efectos previstos en el Decreto
292/1995, de 12 de diciembre, por el que se aprueba
el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental
de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Lo que se hace público para que pueda ser
examinada la documentación presentada en esta
Delegación Provincial, sita en Jaén, paseo de la Estación,
19, segunda planta, y formular las reclamaciones,
por duplicado, que estimen oportunas, en el plazo
de treinta días contados a partir del siguiente al
de la publicación de este anuncio.
Asimismo, los afectados, dentro del mismo plazo,
podrán aportar los datos oportunos a los solos
efectos de rectificar posibles errores en la relación
indicada de acuerdo con el reglamento de la Ley de
Expropiación Forzosa, aprobado por Decreto de
26 de abril de 1957, así como formular alegaciones
procedentes por razón de lo dispuesto en el artículo
161 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Los afectados podrán recabar, a través de esta
Delegación Provincial, que el peticionario les facilite
los datos que consideren precisos para la
identificación de los bienes.
Jaén, 29 de agosto de 2002.-El Delegado
provincial, Juan de Dios Alcázar Serrano.-46.301.
Relación de propietarios con bienes y derechos afectados de la línea aérea a 132 kV S/C. Central Hidroeléctrica Giribaile-Subestación Linarejos (ver imágenes páginas 9075 a 9078).
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