Contido non dispoñible en galego
Con fecha 31 de mayo de 2002, la Dirección
General de Costas ha resuelto desestimar el recurso de
alzada interpuesto por usted, contra la Resolución
de este Servicio de Costas, de 29 de septiembre
de 2000.
Dicha Resolución se declara subsistente y
definitiva en vía administrativa y deberá cumplirse en
todos sus términos, con arreglo a la siguiente
obligación:
1.o Imponerle una multa de 40.000 pesetas
(240,40 euros), que deberá de satisfacer en papel
de pagos al Estado, o ingresar en la caja del Tesoro
Público de la Intervención de Hacienda, concepto
presupuestario 100399, en el plazo de veinte días,
contados a partir de que le sea notificada la presente
Resolución. Dicho pago deberá acreditarse mediante
justificante en este Servicio.
Del incumplimiento de las obligaciones
económicas indicadas, se dará traslado a la Delegación
de Hacienda para su cobro por la vía de apremio,
en aplicación del Reglamento General de
Recaudación.
Alicante, 8 de octubre de 2002.-El Jefe del
Servicio de Costas, Tomás Prieto Martín.-&46.473.
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