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Documento BOE-B-2002-277120

Anuncio del Área de Agricultura y Pesca de la Delegación del Gobierno en Galicia sobre expediente sancionador C-29/02 buque "Indiferente", sobre notificación de la Resolución del ilustrísimo señor Director general de Recursos Pesqueros de fecha 19 de julio de 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 19 de noviembre de 2002, páginas 9762 a 9763 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Administraciones Públicas
Referencia:
BOE-B-2002-277120

TEXTO

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59,

punto 4 de la Ley 30/1992, sobre Régimen Jurídico

de las Administraciones Públicas y de

Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado

la notificación por dos veces sin que haya podido

practicarse por causas no imputables a la

Administración, por el presente anuncio se notifica lo

siguiente:

Visto el expediente administrativo sancionador en

materia de pesca marítima C-29/02 instruido al

patrón del pesquero "Indiferente", don Manuel

García García, y domiciliado en Muelle del Este.

Edificio Arcoa, oficina 13, código postal 15006 A

Coruña, y considerando que los hechos declarados

probados: "Descargar merluza en cantidades superiores

a 250 kilos sin anunciar previamente el

desembarque", constituyen según el artículo 96, párrafo 1,

letra ñ) de la Ley 3/3001, de 26 de marzo, una

infracción administrativa en materia de pesca

marítima de carácter grave, por lo que el Director general

de Recursos Pesqueros, con fecha 19 de julio

de 2001 ha resuelto imponer a don Manuel García

García, como autor responsable de la infracción,

y ello sin perjuicio de la responsabilidad solidaria

de la armadora "Pesquera Espasante, Sociedad

Anónima", la sanción de 301 euros.

Contra dicha Resolución, que no pone fin a la

vía administrativa, se prodrá interponer recurso de

alzada ante el excelentísimo señor Ministro de

Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con

el artículo 114, en relación con el 107, punto 1

de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.

Firme la Resolución el importe de la sanción

deberá hacerse efectivo en los plazos que señala el

artículo 20, punto 2 del Reglamento General de

Recaudación, de 20 de diciembre de 1990, en la

caja de la Delegación Provincial u oficina de

Hacienda más próxima a su domicilio, de no hacerlo se

le exigirá en vía de apremio según el artículo 97

del citado Reglamento.

A Coruña, 4 de noviembre de 2002.-El Director

del Área de Agricultura y Pesca en A Coruña,

Rogelio del Valle Muñoz-Cobo.-&49.414.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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