En virtud de lo dispuesto en el artículo 59,
punto 4 de la Ley 30/1992, sobre Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y de
Procedimiento Administrativo Común, y habiéndose intentado
la notificación por dos veces sin que haya podido
practicarse por causas no imputables a la
Administración, por el presente anuncio se notifica lo
siguiente:
Visto el expediente administrativo sancionador en
materia de pesca marítima C-29/02 instruido al
patrón del pesquero "Indiferente", don Manuel
García García, y domiciliado en Muelle del Este.
Edificio Arcoa, oficina 13, código postal 15006 A
Coruña, y considerando que los hechos declarados
probados: "Descargar merluza en cantidades superiores
a 250 kilos sin anunciar previamente el
desembarque", constituyen según el artículo 96, párrafo 1,
letra ñ) de la Ley 3/3001, de 26 de marzo, una
infracción administrativa en materia de pesca
marítima de carácter grave, por lo que el Director general
de Recursos Pesqueros, con fecha 19 de julio
de 2001 ha resuelto imponer a don Manuel García
García, como autor responsable de la infracción,
y ello sin perjuicio de la responsabilidad solidaria
de la armadora "Pesquera Espasante, Sociedad
Anónima", la sanción de 301 euros.
Contra dicha Resolución, que no pone fin a la
vía administrativa, se prodrá interponer recurso de
alzada ante el excelentísimo señor Ministro de
Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con
el artículo 114, en relación con el 107, punto 1
de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Firme la Resolución el importe de la sanción
deberá hacerse efectivo en los plazos que señala el
artículo 20, punto 2 del Reglamento General de
Recaudación, de 20 de diciembre de 1990, en la
caja de la Delegación Provincial u oficina de
Hacienda más próxima a su domicilio, de no hacerlo se
le exigirá en vía de apremio según el artículo 97
del citado Reglamento.
A Coruña, 4 de noviembre de 2002.-El Director
del Área de Agricultura y Pesca en A Coruña,
Rogelio del Valle Muñoz-Cobo.-&49.414.
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