Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-280116

ALLIANZ GESTIÓN, S. A., S.G.I.I.C., Sociedad unipersonal

Publicado en:
«BOE» núm. 280, de 22 de noviembre de 2002, páginas 9929 a 9929 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2002-280116

TEXTO

En calidad de sociedad Gestora de los Fondos

de Inversión que se detallan a continuación, y de

conformidad con lo establecido en el artículo 35.2

del Real Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre,

se hace público a los efectos legales oportunos los

siguientes acuerdos:

1. Elevación de la comisión de gestión desde

el 1,00 al 1,50 por 100 para los fondos Allianz

Fondo FIM, Allianz Conservador España FIMF.

2. Reducción de la comisión de gestión desde

el 2,25 por 100 al 2 por 100 para los fondos Allianz

Emprendedor Europa FIMF, Allianz Emprendedor

Global FIMF.

3. Establecimiento de comisiones de reembolso

para los fondos Allianz Fondo FIM; Allianz Mixto

FIM; Allianz Variable FIM; Allianz Conservador

España FIMF; Allianz Conservador Europa FIMF;

Allianz Conservador Global FIMF, Allianz

Moderado España FIMF; Allianz Moderado Europa

FIMF; Allianz Moderado Global FIMF; Allianz

Emprendedor España FIMF; Allianz Emprendedor

Europa FIMF; Allianz Emprendedor Global FIMF,

y Allianz RF Corto Euroland FIMF, según detalle:

En participaciones con una antigüedad inferior

a un año, el 1,00 por 100.

En participaciones con una antigüedad

comprendida entre uno y dos años, el 0,75 por 100.

En participaciones con una antigüedad

comprendida entre dos y tres años, el 0,50 por 100.

En participaciones con una antigüedad

comprendida entre tres y cuatro años, el 0,25 por 100.

En participaciones con una antigüedad

comprendida entre cuatro y cinco años, el 0,10 por 100.

Exención de comisión para los reembolsos totales

o parciales, iguales o superiores a 500.000 euros.

Exención de comisión de reembolso para la

reinversión en fondos de la propia gestora.

Las decisiones anteriormente adoptadas otorgan

a los partícipes de los fondos de inversión citados

un derecho de separación, quienes podrán optar

en el plazo de un mes desde la fecha de publicación

en el "Boletín Oficial del Estado" o desde la fecha

de remisión de la comunicación individual a cada

partícipe si fuera posterior al anuncio, por el

reembolso de sus participaciones sin deducción de

comisión de reembolso ni gasto alguno, por el valor

liquidativo que corresponda a la fecha de la

inscripción de las citadas modificaciones en los

registros de la Comisión Nacional del Mercado de

Valores.

Madrid, 18 de noviembre de 2002.-El Director

general.-51.087.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid