En calidad de sociedad Gestora de los Fondos
de Inversión que se detallan a continuación, y de
conformidad con lo establecido en el artículo 35.2
del Real Decreto 1393/1990, de 2 de noviembre,
se hace público a los efectos legales oportunos los
siguientes acuerdos:
1. Elevación de la comisión de gestión desde
el 1,00 al 1,50 por 100 para los fondos Allianz
Fondo FIM, Allianz Conservador España FIMF.
2. Reducción de la comisión de gestión desde
el 2,25 por 100 al 2 por 100 para los fondos Allianz
Emprendedor Europa FIMF, Allianz Emprendedor
Global FIMF.
3. Establecimiento de comisiones de reembolso
para los fondos Allianz Fondo FIM; Allianz Mixto
FIM; Allianz Variable FIM; Allianz Conservador
España FIMF; Allianz Conservador Europa FIMF;
Allianz Conservador Global FIMF, Allianz
Moderado España FIMF; Allianz Moderado Europa
FIMF; Allianz Moderado Global FIMF; Allianz
Emprendedor España FIMF; Allianz Emprendedor
Europa FIMF; Allianz Emprendedor Global FIMF,
y Allianz RF Corto Euroland FIMF, según detalle:
En participaciones con una antigüedad inferior
a un año, el 1,00 por 100.
En participaciones con una antigüedad
comprendida entre uno y dos años, el 0,75 por 100.
En participaciones con una antigüedad
comprendida entre dos y tres años, el 0,50 por 100.
En participaciones con una antigüedad
comprendida entre tres y cuatro años, el 0,25 por 100.
En participaciones con una antigüedad
comprendida entre cuatro y cinco años, el 0,10 por 100.
Exención de comisión para los reembolsos totales
o parciales, iguales o superiores a 500.000 euros.
Exención de comisión de reembolso para la
reinversión en fondos de la propia gestora.
Las decisiones anteriormente adoptadas otorgan
a los partícipes de los fondos de inversión citados
un derecho de separación, quienes podrán optar
en el plazo de un mes desde la fecha de publicación
en el "Boletín Oficial del Estado" o desde la fecha
de remisión de la comunicación individual a cada
partícipe si fuera posterior al anuncio, por el
reembolso de sus participaciones sin deducción de
comisión de reembolso ni gasto alguno, por el valor
liquidativo que corresponda a la fecha de la
inscripción de las citadas modificaciones en los
registros de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores.
Madrid, 18 de noviembre de 2002.-El Director
general.-51.087.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid