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Documento BOE-B-2002-287033

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid sobre la aprobación del expediente de información pública y aprobación definitiva del estudio informativo: Área de Servicio de la Autovía de Circunvalación a Madrid M-50.

Publicado en:
«BOE» núm. 287, de 30 de noviembre de 2002, páginas 10200 a 10200 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-287033

TEXTO

Con fecha 20 de septiembre de 2002, el Secretario

de Estado de Infraestructuras por delegación

(Resolución-Delegación de Atribuciones de 30 de mayo

de 1996), ha resuelto lo siguiente:

Primero.-Declarar que el expediente de

información publica reseñado en el asunto cumple con lo

preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 y 60

del vigente Reglamento de Carreteras (Real

Decreto 1812/1994, de 2 de septiembre).

Segundo.-Aprobar el expediente de información

pública del estudio informativo: Área de Servicio

de la Autovía de Circunvalación a Madrid M-50,

y definitivamente el mismo, seleccionando como

alternativa a desarrollar el área de servicio 1 de

Villaviciosa de Odón (punto kilométrico 11+900).

Tercero.-En los siguientes documentos que

desarrollen la alternativa seleccionada se tendrá en

cuenta las prescripciones siguientes:

Tercero.-1. En la ejecución de las obras y en

el proyecto de construcción se deberán cumplir las

siguientes condiciones establecidas por la Secretaría

General de Medio Ambiente en la resolución de

27 de febrero de 2002, y por la Confederación

Hidrográfica del Tajo, además de todas las medidas

correctoras previstas en el estudio de impacto

ambiental.

Tercero.-2. Debido a que la ubicación de la

futura área de servicio se encuentra en el límite

de un área de alto potencial arqueológico declarado

como BIC de Arroyo Nacedero, se procederá a

la realización de las prospecciones arqueológicas

necesarias para la evaluación de los potenciales

restos arqueológicos en coordinación con la Dirección

General de Patrimonio Histórico-Artístico de la

Comunidad de Madrid, elaborándose un programa

de actuaciones compatibles con el plan de obra,

en caso de detectarse algún resto arqueológico.

Tercero.-3. En el caso de que el material

sobrante del tronco de la autovía fuera insuficiente

para el relleno previsto en el área de servicio, se

desplazaría ésta hacia el origen del orden de 100

metro con el fin de disminuir los terraplenes

previstos, evitando la necesidad de utilizar préstamos

para su ejecución.

Tercero.-4. Se preverá que los vertidos de aguas

residuales deberán contar con la autorización de

la Confederación Hidrográfica del Tajo y las

captaciones de aguas públicas deberán disponer de las

correspondientes concesiones administrativas.

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa de conformidad con lo dispuesto en el

artículo 109.c) de la Ley de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, y contra la misma se puede

interponer recurso potestativo de reposición, ante

el Ministro del Departamento, o bien directamente

recurso contencioso-administrativo ante la

Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos

recursos es, respectivamente de uno (1) o dos (2) meses

a partir del día siguiente al de la publicación de

aquella en el "Boletín Oficial del Estado", sin que

quepa formular el recurso

contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya

producido la desestimación presunta del recurso de

reposición interpuesto.

Madrid, 8 de noviembre de 2002.-El Ingeniero

Jefe de la Demarcación, José Ramón Paramio

Fernández.-&52.521.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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