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Documento BOE-B-2002-293038

Anuncio del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales por el que se notifica la resolución del Director general de 25 de septiembre de 2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 293, de 7 de diciembre de 2002, páginas 10404 a 10404 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-B-2002-293038

TEXTO

Notificación a la empresa "El Paso Producciones,

S. L.", de Madrid, de la resolución de fecha 25

de septiembre de 2002, de anulación de la ayuda

general para la amortización de la película "Raluy,

una noche en el circo".

Habiéndose intentado, sin efecto, la notificación

ordinaria a la empresa, se le comunica que por

el ilustrísimo señor Director general de este Instituto

se ha dictado resolución de fecha 25 de septiembre

de 2002, expresada en los siguientes términos:

"Por escrito de 13 de junio de 2002, de la

Subdirección General de Fomento de la Industria

Cinematográfica y Audiovisual, notificado el 21 de junio

de 2002, se requirió a la empresa "El Paso

Producciones, S. L.", para que en el plazo de veinte

días presentase la documentación necesaria para

iniciarse la tramitación de la ayuda general para la

amortización de la película "Raluy, una noche en

el circo" por un importe de 2.154,86 euros, de

acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 del Real

Decreto 1039/1997, de 27 de junio.

Transcurrido el plazo citado sin que se haya

recibido la documentación solicitada, procede declarar

a la productora "El Paso Producciones, S. L.",

desistida en su petición de la ayuda general para la

amortización de la película "Raluy, una noche en el circo",

de acuerdo con lo establecido en el artículo 71.1

de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, modificado por

la Ley 4/1999, de 13 de enero."

La presente resolución pone fin a la vía

administrativa, por lo que contra la misma puede

interponer, en el plazo de dos meses desde el día siguiente

a la fecha de su notificación, recurso

contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo

Contencioso-Administrativo, conforme a lo

establecido en el artículo 9.c) de la Ley 29/1998, de 13

de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa ("Boletín Oficial del Estado"

del 14).

En el caso de no impugnarla directamente

mediante el recurso contencioso-administrativo a que se

refiere el párrafo anterior, la presente resolución

podrá ser recurrida potestativamente en reposición

en el plazo de un mes y ante el mismo órgano

que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en

los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26

de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero. Debo manifestarle

que, de interponerse el recurso de reposición, el

recurso contencioso-administrativo no podrá

interponerse hasta que el de reposición haya sido resuelto

expresamente o se haya producido la desestimación

presunta del mismo. El plazo máximo para dictar

y notificar la resolución del recurso de reposición

es de un mes, transcurrido el cual podrá entenderse

desestimado a los efectos de interponer el recurso

contencioso-administrativo.

Madrid, 18 de noviembre de 2002.-La Secretaria

general, Milagros Mendoza Andrade.-52.591.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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