Edukia ez dago euskaraz
Habiendo sido infructuosas las gestiones que se
han realizado para efectuar la notificación del
traslado de resolución del recurso de alzada interpuesto
ante la Dirección General de Costas del Ministerio
de Medio Ambiente, en el expediente sancionador
EXS/03/162/99, incoado contra don Juan José
Guerrero Nicolás, cuyo último domicilio conocido
es en la calle Alcantarilla, número 65, del término
municipal de Pilar de la Horadada (Alicante), de
conformidad con lo establecido en el artículo 59.4
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, se procede a
publicar la siguiente resolución:
"Con fecha 25 de junio de 2002, la Dirección
General de Costas ha resuelto desestimar el recurso
de alzada interpuesto por don Juan José Guerrero
Nicolás contra la resolución de este Servicio de
Costas de 7 de enero de 2000.
Dicha resolución se declara subsistente y definitiva
en vía administrativa y deberá cumplirse en todos
sus términos, con arreglo a la siguiente obligación:
1.o Concederle un plazo de quince días para
la demolición y retirada de la zona de servidumbre
de tránsito, del muro construido, sin previa
autorización administrativa, con las sustituciones y
reposiciones necesarias para dejar los terrenos en igual
situación a la anterior, significándole que en caso
contrario se procederá por la Administración a la
ejecución subsidiaria, con cargo a su costa, sin
perjuicio de las multas coercitivas que se puedan
acordar, conforme a lo establecido en el artículo 107
de la Ley de Costas y en la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común (artículos 95 a 101)."
Alicante, 26 de noviembre de 2002.-Tomás
Prieto Martín.-53.213.
Estatuko Aldizkari Ofiziala Estatu Agentzia
Manoteras Etorb., 54 - 28050 Madril