Anuncio de fusión por absorción
En cumplimiento de lo previsto en el artículo
23 bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de
diciembre, reguladora de las Instituciones de Inversión
Colectiva, se hace público:
Que, con fecha 25 de septiembre de 2002, el
Consejo de Administración de "BanSabadell
Inversión, S. A., SGIIC", sociedad unipersonal, como
sociedad gestora y que, en la misma fecha, el
Consejo de Administración de "Banco de
Sabadell, S. A.", como entidad depositaria de los fondos
Sabadell Interés Euro 1, FIMS (fondo absorbente),
Sabadell Interés Euro 2, FIMS (fondo absorbido)
y Sabadell Interés Euro 5, FIMS (fondo absorbido),
tomaron, por unanimidad, el acuerdo de fusión por
absorción de los mencionados fondos.
Que, con fecha 11 de diciembre de 2002, la
Comisión Nacional del Mercado de Valores ha autorizado
el proyecto de fusión de los citados fondos
presentado por dichas entidades, en el que se recoge
la fusión por absorción de los mismos, con
disolución sin liquidación de las instituciones absorbidas
y transmisión en bloque de todos sus activos y
pasivos a la institución absorbente, sucediendo ésta a
título universal en todos sus derechos y obligaciones
a las absorbidas.
Que, como consecuencia de lo anterior, aquellos
partícipes del fondo que lo deseen pueden ejercitar
mediante manifestación expresa el derecho de
separación que les asiste, durante el plazo de treinta
días a contar desde la fecha de publicación de este
anuncio o de la fecha de remisión de las
comunicaciones, si ésta fuera posterior, sin deducción
de comisión o descuento de reembolso, si existieran,
y en las especiales condiciones que establece el
artículo 23 bis, segundo de la Ley 46/1984, de 26
de diciembre, pero sin evitar por ello el efecto fiscal
que resulte en cada caso.
Que, asimismo, los acreedores de los fondos
participantes en la fusión podrán oponerse a la misma
en el plazo de un mes a contar desde la fecha
de publicación del último anuncio de fusión, en
los términos establecidos en el artículo 166 del texto
refundido de la Ley de Sociedades Anónimas.
Que, de conformidad con lo establecido en los
artículos 242 y 243 del texto refundido de la Ley
de Sociedades Anónimas, se hace constar, que los
partícipes y acreedores tienen el derecho de solicitar
y obtener, el texto íntegro de los acuerdos adoptados
y del proyecto de fusión.
Sabadell, 12 de diciembre de 2002.-El Director
de "BanSabadell Inversión, S. A., SGIIC", sociedad
unipersonal, Santiago Alonso Morlans.-55.042.
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