Por el presente anuncio, en cumplimiento con
lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999,
de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, y dado que no ha podido ser
notificada en su último domicilio conocido, se
procede a notificar a don Luis Marcos la siguiente
resolución:
Visto el expediente de inscripción de cese en el
cargo como Liquidador de la sociedad cooperativa
que se menciona, se eleva a V. I. la presente
propuesta de resolución, en base a los siguientes
Antecedentes de hecho
Primero.-Con fecha 9 de mayo de 2002 tiene
entrada en este Registro solicitud de inscripción de
la renuncia del cargo como Liquidador de la entidad
"Vallecas 92, Sociedad Cooperativa, de don Luis
Marcos Marcos.
Segundo.-Con la citada solicitud se adjunta copia
simple del acta del Notario don Ricardo Vilas de
Escauriza de fecha 5 de marzo de 2002, en la que
consta el envío de cartas de conducto notarial por
parte de don Luis Marcos Marcos a la entidad
"Vallecas 92, Sociedad Cooperativa, y a los otros dos
Liquidadores de la sociedad, don Juan José
Rodríguez Ayuso y don Pascual Bohoyo Madera, en las
que se comunica su decisión de dimitir como
Liquidador de la Cooperativa. Igualmente, consta que
las referidas cartas no han sido recepcionadas por
sus destinatarios.
Tercero.-Que una vez estudiada la petición
formulada, con fecha 20 de junio de 2002, mediante
carta certificada con acuse de recibo, se requirió
a don Luis Marcos Marcos, para que subsanara,
en el plazo de diez días, los defectos apreciados
en su solicitud, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,
de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
acordando la suspensión del procedimiento, en
virtud de lo previsto en el artículo 42.5.a) del citado
texto legal. Siendo devuelta por el Servicio de
Correos, al no haberse podido practicar la
notificación, en la que consta una nota manuscrita de
avisado y un sello de caducado, por lo que se volvió
a enviar, sin éxito, el mismo escrito el día 9 de
julio de 2002.
Cuarto.-Que con fecha 22 de julio de 2002 se
intentó notificar otra vez la citada carta, habiendo
sido devuelta nuevamente por el Servicio de Correos
en los mismos términos.
A los anteriores hechos resultan de aplicación
los siguientes
Fundamentos de derecho
Primero.-Que la competencia de esta
Subdirección General para entender del presente
procedimiento le viene atribuida en virtud de lo establecido
en la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas;
Real Decreto 140/1997, de 31 de enero; Real
Decreto 136/2002, de 1 de febrero, por el que se aprueba
el Reglamento del Registro de Sociedades
Cooperativas y demás disposiciones concordantes.
Segundo.-Que en la documentación presentada
se aprecia un defecto de forma, porque no se
acompaña del certificado del acuerdo del órgano
competente aceptando el cese en el cargo de Liquidador
de don Luis Marcos Marcos, requisito exigido en
el artículo 13.d) del Reglamento del Registro de
Sociedades Cooperativas, por lo que no procede
acceder a la solicitud presentada.
Vistos los preceptos legales citados y demás
normas de general aplicación,
Esta Subdirección General, a propuesta de la
Consejera Técnica, acuerda denegar la inscripción del
cese en el cargo como Liquidador de la entidad
"Vallecas 92, Sociedad Cooperativa Limitada", de
don Luis Marcos Marcos, por no cumplir los
requisitos exigidos en el artículo 13.d) del Real
Decreto 136/2002, de 1 de febrero, del Reglamento del
Registro de Sociedades Cooperativas.
Notifíquese al interesado la presente resolución
con devolución de la documentación presentada,
advirtiéndole del derecho que le asiste a interponer
recurso de alzada en el plazo de un mes, contando
a partir del siguiente día en que tenga lugar la
notificación ante el ilustrísimo señor Director general
de Fomento de la Economía Social y del Fondo
Social Europeo, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 114, siguientes y concordantes, de
la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y 21 del Real
Decreto 136/2002, de 1 de febrero, del Reglamento del
Registro de Sociedades Cooperativas.
No obstante, V. I. resolverá la Consejera Técnica,
Pilar de Armas Ranero.
Madrid, 28 de noviembre de 2002.-El
Subdirector general de Fomento y Desarrollo Empresarial
y Registro de Entidades, Alejandro Barahona
Riber.-54.118.
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