Visto el expediente incoado en la Delegación
Provincial en Guadalajara de la Consejería de Industria
y Trabajo de la Junta de Comunidades de Castilla-La
Mancha, a instancia de "Red Eléctrica de España,
Sociedad Anónima", con domicilio en La
Moraleja-Alcobendas (Madrid), paseo del Conde de los
Gaitanes, número 177, solicitando la autorización
administrativa de la instalación citada.
Resultando que la petición de "Red Eléctrica de
España, Sociedad Anónima", ha sido sometida a
información pública, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 9 del Decreto 2617/1966, de 20
de octubre, sobre autorización de instalaciones
eléctricas, normativa que resulta de aplicación en virtud
de lo establecido en la disposición transitoria
undécima del Real Decreto 1955/2000, de 1 de
diciembre, por el que se regulan las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones
eléctricas, y durante el plazo reglamentario no se
ha presentado alegación ni oposición alguna a la
autorización pretendida.
Resultando que, de conformidad con lo dispuesto
en el artículo 13 del Decreto 2617/1966, se ha
enviado el proyecto al Ayuntamiento de Brihuega,
en cuyo término municipal se ha proyectado la
subestación, a fin de emitir informe y condicionados:
las alegaciones que formula se refieren a la línea
de entrada y salida en la subestación de la línea
Trillo-Loeches, no manifestando oposición ni
estableciendo condicionados a la instalación de la
subestación.
Visto el informe favorable emitido por la citada
Delegación Provincial en Guadalajara de la
Consejería de Industria y Trabajo de la Junta de
Comunidades de Castilla-La Mancha.
Visto el informe de la Comisión Nacional de
Energía aprobado por el Consejo de Administración en
su sesión celebrada el día 31 de octubre de 2001.
Considerando que se han cumplido los trámites
reglamentarios ordenados en el capítulo III del
Decreto 2617/1966, de 20 de octubre, sobre
autorización de instalaciones eléctricas,
Esta Dirección General de Política Energética y
Minas ha resuelto:
Autorizar a "Red Eléctrica de España, Sociedad
Anónima", la subestación a 400 kV de "Fuentes
de la Alcarria", en el término municipal de Brihuega
(Guadalajara), cuyas características principales son:
Adoptará un esquema de interruptor y medio con
capacidad para cuatro calles.
Calle 1:
Posición salida 1 a subestación de tracción.
Posición salida 2 a subestación de tracción.
Calle 2:
Posición línea Trillo.
Posición futura.
Calle 3:
Posición línea Loeches.
Calle 4:
Futura.
En una primera etapa se equiparará parcialmente
la calle de salida a la subestación básica de tracción,
completamente la calle 2, compartida por una línea
y un transformador, y parcialmente la calle 3.
Aparamenta a instalar por calle:
Calle 1: Dos seccionadores pantógrafos, dos
transformadores de intensidad, dos interruptores y tres
seccionadores rotativos.
Calle 2: Dos seccionadores pantógrafos, tres
transformadores de intensidad, cuatro seccionadores
rotativos de tres columnas, dos seccionadores
rotativos de tres columnas con cuchillas de puesta a
tierra, dos bobinas de bloqueo y tres pararrayos
autoválvulas.
Calle 3: Dos seccionadores pantógrafos, dos
transformadores de intensidad, dos interruptores, dos
seccionadores rotativos de tres columnas, un
seccionador rotativo de tres columnas con cuchillas de
puesta a tierra, dos bobinas de bloqueo, un
transformador de tensión capacitivo y un pararrayos
autoválvula.
Barra 1: Un transformador de tensión capacitivo.
Barra 2: Un transformador de tensión capacitivo.
Redes de tierra superiores e inferiores.
Sistemas de control con mando local y remoto
mediante la instalación de fibra óptica y sistemas
de protección de líneas y barras.
Sistemas de servicios auxiliares de corriente
alterna y corriente continua.
Sistemas de comunicaciones por onda portadora,
fibra óptica y telefonía interna.
Instalaciones de alumbrado y fuerza.
Las posiciones de interruptor de la calle 1
correspondientes a la barra 1 y barra 2 quedan excluidas
de los efectos económicos del Real
Decreto 2819/1998, de 23 de diciembre, excepto en los
de operación y mantenimiento que serán asumidos
por el sistema.
La finalidad de la instalación es la alimentación
del tren de alta velocidad Madrid-Barcelona-frontera
francesa, así como posibilitar la futura conexión de
la nueva generación eólica a la red de transporte
de 400 kV.
Contra la presente Resolución cabe interponer
recurso de alzada ante el excelentísimo señor
Secretario de Estado de Economía, de Energía y de la
Pequeña y Mediana Empresa en el plazo de un
mes, de acuerdo con lo establecido en la
Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen
Jurídico de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por
la Ley 4/1999, de 13 de enero, y en el
artículo 14.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de
Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado.
Madrid, 23 de noviembre de 2001.-La Directora
general, Carmen Becerril Martínez.-&62.917.
Delegación Provincial de la Consejería de Industria
y Trabajo de la Junta de Comunidades de
Castilla-La Mancha. Guadalajara.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid