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1. Antecedentes: Con fecha 16 de abril de
1999, la Secretaría de Estado de Infraestructuras
y Transportes aprobó técnicamente el estudio
informativo de referencia. El estudio informativo
fue sometido al trámite de información pública
y oficial mediante anuncio que se publicó en el
"Boletín Oficial del Estado" en fecha 14 de mayo
de 1999, de acuerdo con lo establecido en la
L.O.T.T. y en el Real Decreto Legislativo
1302/1986, de evaluación de impacto ambiental
(modificado por Real Decreto-ley 9/2000).
El estudio informativo sometido a información
pública contempla, entre otros, los siguientes
aspectos:
Definición geográfica y funcional de las distintas
opciones de proyecto.
Análisis de ventajas e inconvenientes de tales
opciones.
Selección de la opción más recomendable desde
los puntos de vista técnico, económico, ambiental
y territorial, proponiéndose en el estudio
informativo, después de comparar las denominadas solución
A y solución B, como opción más ventajosa la
denominada solución B, que discurre al norte del casco
urbano de Martorell.
Como resultado del proceso de información
pública se recibieron 26 escritos, cuyo análisis fue
incluido en el correspondiente informe de alegaciones.
Con posterioridad a la redacción de dicho informe
de alegaciones, se recibió una nueva alegación (fecha
de registro de entrada en el Ministerio de Fomento,
7 de marzo de 2000), formulada por las Consejerías
de Justicia y de Política Territorial de la Generalidad
de Cataluña, en la que se solicitaba un ligero
desplazamiento del trazado hacia el norte a fin de
compatibilizar la nueva línea ferroviaria con la
ampliación del centro penitenciario de Can Brians. En
el informe de alegaciones ya se indicaba que durante
la redacción de los proyectos constructivos se debían
mantener contactos con la Generalidad de Cataluña
a fin de hacer compatibles ambas infraestructuras.
La modificación de trazado solicitada por la
Generalidad de Cataluña fue recogida (denominada como
solución D) en el "Documento complementario al
informe de alegaciones presentadas durante el
proceso de información pública del estudio informativo
del proyecto "Línea de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa. Tramo:
Lérida-Barcelona. Subtramo: Gelida-Castellbisbal"", que
fue sometido a información oficial del Ayuntamiento
de Sant Esteve Sesrovires en marzo de 2000.
Como consecuencia de la alegación presentada
por el Ayuntamiento de Sant Esteve Sesrovires
durante dicho período de información oficial fue
necesario introducir alguna ligera modificación (con
lo que pasa a denominarse solución D mejorada)
en la solución recogida en el documento anterior,
elaborándose el documento "Addenda al documento
complementario al informe de alegaciones
presentadas durante el proceso de información pública
del estudio informtivo del proyecto "Línea de Alta
Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera
francesa. Tramo: Lérida-Barcelona. Subtramo:
Gelida-Castellbisbal"", que fue sometido a información
oficial de la Generalidad de Cataluña y del
Ayuntamiento de Sant Esteve Sesrovires en octubre
de 2000.
Una vez recibidas las alegaciones de estos
organismos, en agosto de 2001 se elaboró el documento
denominado "Informe del procedimiento
administrativo posterior a la información pública del estudio
informativo del proyecto "Línea de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa.
Tramo: Lérida-Barcelona. Subtramo:
Gelida-Castellbisbal"", en el cual se propone la solución D mejorada
como opción finalmente seleccionada.
2. Informe del servicio jurídico: El Abogado del
Estado-Jefe, mediante escrito de fecha 23 de
noviembre de 1999, ha informado que el expediente de
información pública y oficial del estudio informativo
del proyecto "Línea de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa. Tramo:
Lérida-Barcelona. Subtramo: Gelida-Castellbisbal", ha
sido tramitado en la forma legalmente prevista en
el Real Decreto 1211/1990, Reglamento de la Ley
de Ordenación de los Transportes, y en el Real
Decreto 1131/1988, de evaluación de impacto
ambiental.
Posteriormente, el 2 de junio de 2000, el Abogado
del Estado-Jefe emitía un nuevo informe en el que
indicaba que la tramitación dada al expediente había
sido ajustada a derecho.
3. Declaración de impacto ambiental: La
declaración de impacto ambiental, relativa al estudio
informativo del proyecto "Línea de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa.
Tramo: Lérida-Barcelona. Subtramo:
Gelida-Castellbisbal", que se incluye como anexo a esta aprobación,
se ha formulado por la Secretaría General de Medio
Ambiente el 29 de enero de 2002, y se ha publicado
en el "Boletín Oficial del Estado" de fecha 19 de
febrero de 2002.
4. Informe de la Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias: La
Subdirección General de Planes y Proyectos de
Infraestructuras Ferroviarias elevó, con fecha 25 de febrero
de 2002, la propuesta de aprobación del expediente
de información pública y oficial y aprobación
definitiva del estudio informativo del proyecto "Línea
de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa. Tramo: Lérida-Barcelona.
Subtramo: Gelida-Castellbisbal".
5. Resolución: A la vista de todo lo expuesto,
esta Secretaría de Estado resuelve lo siguiente:
Primero.-Hacer constar que el expediente
reseñado cumple lo preceptuado en la sección 1.a,
capítulo 2.o, del vigente Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto
1211/1990, de 28 de septiembre).
Segundo.-Aprobar el expediente de información
pública y oficial y definitivamente el estudio
informativo del proyecto "Línea de Alta Velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera francesa.
Tramo: Lérida-Barcelona. Subtramo:
Gelida-Castellbisbal", seleccionando como alternativa a desarrollar
en los proyectos constructivos la solución D
mejorada, incluida en el "Informe del procedimiento
administrativo posterior a la información pública
del estudio informativo del proyecto "Línea de Alta
Velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-Frontera
francesa. Tramo: Lérida-Barcelona. Subtramo:
Gelida-Castellbisbal"".
Tercero.-En los sucesivos proyectos constructivos
que desarrollen la solución aprobada se tendrán en
cuenta las prescripciones siguientes:
3.1 Las establecidas en el condicionado de la
declaración de impacto ambiental, cuya copia se
incluye como anejo a esta aprobación.
3.2 Durante la redacción del proyecto
constructivo se mantendrán los contactos necesarios con
la empresa Acesa con el fin de coordinar y diseñar
correctamente cuantas interferencias puedan existir
con las autopistas de las que son concesionarias.
3.3 La reposición de viales y servidumbres del
estudio informativo se considerará de nuevo en la
fase de proyecto constructivo para analizar posibles
modificaciones, así como la ejecución de nuevos
pasos y caminos. Durante la redacción de dicho
proyecto se mantendrán contactos con los
Ayuntamientos, asociaciones y otros interesados, para
concretar con exactitud los caminos y pasos que
haya que reponer o construir, así como prever la
reposición de redes de riegos, acequias y demás
servicios afectados.
3.4 En el proyecto constructivo se analizará
especialmente el entorno del punto kilométrico
165+000, en el cual se propone en el estudio
informativo la construcción de una cubierta de
metacrilato, analizándose la conveniencia de esta
solución y estudiándose otras posibilidades alternativas
que disminuyan los ruidos y vibraciones
introducidos por la nueva infraestructura.
3.5 En los viaductos que crucen cauces públicos
se colocará el menor número posible de pilas dentro
del cauce cubierto por la avenida de 500 años.
Además, las pilas se dispondrán siguiendo el sentido
de la corriente, siendo la geometría de las mismas
lo más hidrodinámica posible.
3.6 Durante la fase de redacción del proyecto
constructivo, se mantendrán contactos con la
Diputación de Barcelona, al objeto de encontrar un
consenso para buscar la mejor solución posible que
garantice la continuidad de las vías dependientes
de ese organismo interceptadas por el trazado de
la nueva infraestructura, y en especial de la carretera
BV-1201.
3.7 Se mantendrán contactos con la Dirección
General de Carreteras del Ministerio de Fomento
a fin de tener en cuenta en la redacción de los
proyectos constructivos las actuaciones a realizar
en la zona por dicha Dirección General.
Madrid, 28 de febrero de 2002.-El Secretario
de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-&9.168.
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