Resultando que en sesión plenaria celebrada
el 27 de enero de 2000, se acordó exponer al público
la relación individualizada de bienes y derechos
afectados por la expropiación del suelo no urbanizable
protegido de la Montaña de El Puig (modificación
número 23 del PGOU);
Resultando que dicha relación individualizada fue
publicada en el "Boletín Oficial" de la provincia,
de fecha 16 de marzo de 2000.
Resultando que al desconocerse el domicilio de
doña Antonia Anglés Pons, titular catastral de la
parcela 257 del polígono 2, de conformidad con
lo prevenido en el artículo 59.4 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común, se publicó la notificación
a dicha persona en el "Boletín Oficial del Estado" de
fecha 2 de mayo de 2000;
Resultando que transcurrido el plazo de
alegaciones y rectificación de errores materiales, no se
ha presentado, por doña Antonia Anglés Pons, en
el Registro de este Ayuntamiento ninguna alegación
contra la relación individualizada de bienes y
derechos afectados;
Considerando que procede iniciarse la pieza
separada de fijación del justo precio del bien a expropiar,
de conformidad con el procedimiento establecido
en el artículo 24 y siguientes de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954;
Considerando lo dispuesto en el artículo 29 de
la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, por la presente se publica el requerimiento
a doña Antonia Anglés Pons, titular catastral de
la parcela 257 del polígono 2, de la que se desconoce
el domicilio a efectos de notificaciones, para que
en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente
al de la presente publicación, presente hoja de
aprecio, en la que se concrete el valor en que estime
el objeto que se expropie, pudiendo aducir cuantas
alegaciones estime pertinentes.
Benicarló, 27 de febrero de 2002.-El Alcalde,
Jaime Mundo Alberto.-&8.836.
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