Está Vd. en

Documento BOE-B-2002-74098

Resolución de la Secretaría de Estado de Infraestructuras por la que se aprueba el expediente de información pública y definitivamente el estudio informativo de la línea de alta velocidad Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa. Tramo Madrid-Zaragoza. Conexión con la línea de alta velocidad Madrid-Sevilla.

Publicado en:
«BOE» núm. 74, de 27 de marzo de 2002, páginas 2439 a 2439 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Fomento
Referencia:
BOE-B-2002-74098

TEXTO

1. Antecedentes: Con fecha 19 de abril de 2000,

la Subdirección General de Planes y Proyectos de

Infraestructuras Ferroviarias aprobó técnicamente

el "estudio informativo de la línea de alta velocidad

Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa.

Tramo: Madrid-Zaragoza. Conexión con la línea de

alta velocidad Madrid-Sevilla", ordenando que se

incoase el correspondiente expediente de

información pública y oficial de acuerdo con lo establecido

en la Ley de Ordenación de los Transportes

Terrestres (LOTT), y en el Real Decreto 1302/1986, de

Evaluación de Impacto Ambiental.

La información pública se anunció en el "Boletín

Oficial del Estado" de 26 de mayo de 2000, así

como en el "Boletín Oficial de la Comunidad

Autónoma de Madrid" de 22 de mayo de 2000,

realizándose en paralelo el trámite de información

oficial.

El estudio informativo sometido a información

pública y oficial comparaba dos alternativas de

trazado, una al sur del núcleo urbano de Perales del

Río, perteneciente al término municipal de Getafe,

y otra al norte de este núcleo. Una vez analizados

dichos corredores, teniendo en cuenta los factores

de índole social, medioambiental y

técnico-económicos, se eligió la solución correspondiente al

corredor norte como la más idónea para el trazado de

esta conexión entre ambas líneas.

Durante el período de información pública se

presentaron tres alegaciones de los organismos

siguientes: Ayuntamiento de Getafe, Comunidad

Autónoma de Madrid y RENFE, ninguna de ellas rechazaba

el trazado propuesto, manifestando algunas

matizaciones respecto a dicha alternativa.

Durante el proceso de información pública y

oficial del estudio informativo, y por lo que se refiere

al trazado, una vez estudiadas las alegaciones, no

se han apreciado razones objetivas para modificar

la concepción global del mismo planteado en el

estudio informativo, manteniéndose la solución

propuesta.

2. Informe del servicio jurídico: El Abogado del

Estado-Jefe, mediante escrito de fecha 17 de enero

de 2001, informa que la tramitación seguida en la

información pública del estudio informativo "línea

de alta velocidad

Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza. Conexión

con la línea de alta velocidad Madrid-Sevilla", se

ajusta a lo dispuesto en los artículos 227 y 228

del Reglamento de Ley de Ordenación de los

Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto

1211/1990, de 28 de septiembre, y demás

disposiciones que resultan de aplicación.

3. Declaración de impacto ambiental: Mediante

Resolución de fecha 26 de diciembre de 2001 se

formuló la declaración de impacto ambiental

(publicándose en el "Boletín Oficial del Estado" de

30 de enero de este año), que se incluye como

anexo a esta aprobación.

En esta declaración se considera que para la

realización de la alternativa propuesta por el promotor,

corredor norte, tanto en el proyecto de construcción

que la desarrolle como en las fases de construcción

y explotación del ferrocarril, se deberán observar

las recomendaciones y las medidas preventivas,

correctoras y compensatorias contenidas en el

estudio de impacto ambiental en lo que no se oponga

a la declaración de impacto ambiental.

4. Informe de la Subdirección de Planes y

Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias: La

Subdirección General de Planes y Proyectos de

Infraestructuras Ferroviarias, elevó con fecha 7 de febrero

de 2002 la propuesta de aprobación del expediente

de información pública y aprobación definitiva del

estudio informativo "línea de alta velocidad

Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa.

Tramo: Madrid-Zaragoza. Conexión con la línea de

alta velocidad Madrid-Sevilla".

5. Resolución: A la vista de todo lo expuesto

anteriormente esta Secretaría de Estado resuelve lo

siguiente:

1.o Hacer constar que el expediente reseñado

cumple con lo preceptuado en la sección 1.a,

capítulo 2.o, del vigente Reglamento de la Ley de

Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto

1211/1990, de 28 de septiembre).

2.o Aprobar el expediente de información

pública y definitivamente el estudio informativo del

proyecto, seleccionando como alternativa a desarrollar

en los proyectos constructivos la correspondiente

al corredor norte.

La alternativa elegida define el enlace entre las

líneas de alta velocidad Madrid-Sevilla y

Madrid-Barcelona discurriendo al norte del núcleo

urbano de Perales del Río perteneciente al término

municipal de Getafe.

3.o El proyecto constructivo deberá redactarse

de acuerdo con las siguientes condiciones:

a) Las condiciones y prescripciones establecidas

en la declaración de impacto ambiental.

b) Durante la redacción del proyecto

constructivo se mantendrán los contactos necesarios con

las empresas de servicios afectados con el fin de

coordinar y diseñar correctamente cuantas

interferencias pudieran existir.

c) La reposición de viales y servidumbres en

el estudio informativo se considerará de nuevo en

los proyectos constructivos para analizar posibles

modificaciones así como la ejecución de nuevos

pasos o caminos. Durante la redacción de dichos

proyectos se mantendrán contactos con los

Ayuntamientos, asociaciones y otros interesados, para

concretar con exactitud los caminos y pasos que

haya que reponer o construir, así como prever la

reposición de redes de riegos, acequias y demás

servicios afectados.

d) En cuanto a la posible afectación de vías

pecuarias existentes se estará a lo dispuesto en la

legislación sobre esta materia (Ley 3/1995, de 23

de marzo, de Vías Pecuarias).

e) En las zonas en que se prevea puedan existir

yacimientos arqueológicos se realizará, antes de

iniciarse las obras, una campaña de reconocimiento,

a fin de preservar el patrimonio artístico y cultural.

f) Deberá observarse, en aquellos aspectos que

sean de aplicación, la Resolución de 9 de marzo

de 2000 de la Secretaría General de Medio

Ambiente, por la que se formula declaración de impacto

ambiental sobre el estudio informativo de la

autopista M-50, tramo N-II-N-IV.

g) Durante la redacción de los proyectos

constructivos se observará la legislación y normativa

medioambiental de la Comunidad Autónoma de

Madrid.

Madrid, 11 de febrero de 2002.-El Secretario

de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco

Rodríguez.-&9.756.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid