1. Antecedentes: Con fecha 19 de abril de 2000,
la Subdirección General de Planes y Proyectos de
Infraestructuras Ferroviarias aprobó técnicamente
el "estudio informativo de la línea de alta velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa.
Tramo: Madrid-Zaragoza. Conexión con la línea de
alta velocidad Madrid-Sevilla", ordenando que se
incoase el correspondiente expediente de
información pública y oficial de acuerdo con lo establecido
en la Ley de Ordenación de los Transportes
Terrestres (LOTT), y en el Real Decreto 1302/1986, de
Evaluación de Impacto Ambiental.
La información pública se anunció en el "Boletín
Oficial del Estado" de 26 de mayo de 2000, así
como en el "Boletín Oficial de la Comunidad
Autónoma de Madrid" de 22 de mayo de 2000,
realizándose en paralelo el trámite de información
oficial.
El estudio informativo sometido a información
pública y oficial comparaba dos alternativas de
trazado, una al sur del núcleo urbano de Perales del
Río, perteneciente al término municipal de Getafe,
y otra al norte de este núcleo. Una vez analizados
dichos corredores, teniendo en cuenta los factores
de índole social, medioambiental y
técnico-económicos, se eligió la solución correspondiente al
corredor norte como la más idónea para el trazado de
esta conexión entre ambas líneas.
Durante el período de información pública se
presentaron tres alegaciones de los organismos
siguientes: Ayuntamiento de Getafe, Comunidad
Autónoma de Madrid y RENFE, ninguna de ellas rechazaba
el trazado propuesto, manifestando algunas
matizaciones respecto a dicha alternativa.
Durante el proceso de información pública y
oficial del estudio informativo, y por lo que se refiere
al trazado, una vez estudiadas las alegaciones, no
se han apreciado razones objetivas para modificar
la concepción global del mismo planteado en el
estudio informativo, manteniéndose la solución
propuesta.
2. Informe del servicio jurídico: El Abogado del
Estado-Jefe, mediante escrito de fecha 17 de enero
de 2001, informa que la tramitación seguida en la
información pública del estudio informativo "línea
de alta velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa. Tramo: Madrid-Zaragoza. Conexión
con la línea de alta velocidad Madrid-Sevilla", se
ajusta a lo dispuesto en los artículos 227 y 228
del Reglamento de Ley de Ordenación de los
Transportes Terrestres, aprobado por el Real Decreto
1211/1990, de 28 de septiembre, y demás
disposiciones que resultan de aplicación.
3. Declaración de impacto ambiental: Mediante
Resolución de fecha 26 de diciembre de 2001 se
formuló la declaración de impacto ambiental
(publicándose en el "Boletín Oficial del Estado" de
30 de enero de este año), que se incluye como
anexo a esta aprobación.
En esta declaración se considera que para la
realización de la alternativa propuesta por el promotor,
corredor norte, tanto en el proyecto de construcción
que la desarrolle como en las fases de construcción
y explotación del ferrocarril, se deberán observar
las recomendaciones y las medidas preventivas,
correctoras y compensatorias contenidas en el
estudio de impacto ambiental en lo que no se oponga
a la declaración de impacto ambiental.
4. Informe de la Subdirección de Planes y
Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias: La
Subdirección General de Planes y Proyectos de
Infraestructuras Ferroviarias, elevó con fecha 7 de febrero
de 2002 la propuesta de aprobación del expediente
de información pública y aprobación definitiva del
estudio informativo "línea de alta velocidad
Madrid-Zaragoza-Barcelona-frontera francesa.
Tramo: Madrid-Zaragoza. Conexión con la línea de
alta velocidad Madrid-Sevilla".
5. Resolución: A la vista de todo lo expuesto
anteriormente esta Secretaría de Estado resuelve lo
siguiente:
1.o Hacer constar que el expediente reseñado
cumple con lo preceptuado en la sección 1.a,
capítulo 2.o, del vigente Reglamento de la Ley de
Ordenación de los Transportes Terrestres (Real Decreto
1211/1990, de 28 de septiembre).
2.o Aprobar el expediente de información
pública y definitivamente el estudio informativo del
proyecto, seleccionando como alternativa a desarrollar
en los proyectos constructivos la correspondiente
al corredor norte.
La alternativa elegida define el enlace entre las
líneas de alta velocidad Madrid-Sevilla y
Madrid-Barcelona discurriendo al norte del núcleo
urbano de Perales del Río perteneciente al término
municipal de Getafe.
3.o El proyecto constructivo deberá redactarse
de acuerdo con las siguientes condiciones:
a) Las condiciones y prescripciones establecidas
en la declaración de impacto ambiental.
b) Durante la redacción del proyecto
constructivo se mantendrán los contactos necesarios con
las empresas de servicios afectados con el fin de
coordinar y diseñar correctamente cuantas
interferencias pudieran existir.
c) La reposición de viales y servidumbres en
el estudio informativo se considerará de nuevo en
los proyectos constructivos para analizar posibles
modificaciones así como la ejecución de nuevos
pasos o caminos. Durante la redacción de dichos
proyectos se mantendrán contactos con los
Ayuntamientos, asociaciones y otros interesados, para
concretar con exactitud los caminos y pasos que
haya que reponer o construir, así como prever la
reposición de redes de riegos, acequias y demás
servicios afectados.
d) En cuanto a la posible afectación de vías
pecuarias existentes se estará a lo dispuesto en la
legislación sobre esta materia (Ley 3/1995, de 23
de marzo, de Vías Pecuarias).
e) En las zonas en que se prevea puedan existir
yacimientos arqueológicos se realizará, antes de
iniciarse las obras, una campaña de reconocimiento,
a fin de preservar el patrimonio artístico y cultural.
f) Deberá observarse, en aquellos aspectos que
sean de aplicación, la Resolución de 9 de marzo
de 2000 de la Secretaría General de Medio
Ambiente, por la que se formula declaración de impacto
ambiental sobre el estudio informativo de la
autopista M-50, tramo N-II-N-IV.
g) Durante la redacción de los proyectos
constructivos se observará la legislación y normativa
medioambiental de la Comunidad Autónoma de
Madrid.
Madrid, 11 de febrero de 2002.-El Secretario
de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.-&9.756.
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