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El Consejo de Administración de la Autoridad
Portuaria de Valencia, en la sesión celebrada el 21
de febrero de 2002, a propuesta de la Dirección
General, acordó acomodar el título concesional
otorgado al "Real Club Náutico de Valencia", a la
legislación vigente, y habiéndose cumplido todos los
requisitos exigidos en el artículo 54.6 de la vigente
Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante,
prorrogar el plazo concesional establecido en el
pliego de condiciones de la concesión en un período
de veintitrés años.
Valencia, 22 de febrero de 2002.-El Secretario
del Consejo de Administración, Fernando Llopis
Giner.-10.799.
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