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Con fecha 6 de marzo de 2002, el ilustrísimo
señor Subdirector general de Proyectos, por
delegación del ilustrísimo señor Director general de
Carreteras (Resolución de 12 de julio de 1999),
aprobó el mencionado proyecto de trazado. Tal
resolución ordena a la Demarcación de Carreteras del
Estado en Madrid la incoación del expediente de
expropiación de los bienes y derechos necesarios
para la ejecución de las obras, excepto los
correspondientes al tramo de la autopista comprendido
entre los puntos kilométricos 34,900 y 37,270.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo
16, apartado 1 de la Ley 8/1972, de 10 de mayo,
de Construcción, Conservación y Explotación de
Autopistas en Régimen de Concesión, el Real
Decreto 3540/2000, de 29 de diciembre, de adjudicación
de la concesión, implica la declaración de utilidad
pública de las obras y, en virtud de la aprobación
del proyecto de trazado, se entiende implícita la
necesidad de ocupación de todos los bienes y
derechos afectados con motivo de las obras del indicado
proyecto, que incluye servicios auxiliares y obras
complementarias, según dispone el artículo 8 de
la Ley 25/1998, de 29 de julio de Carreteras,
modificado por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre
y el artículo 52, apartado 1, de la Ley de
Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
La ocupación de los bienes y derechos afectados
por las expropiaciones a que den lugar la ejecución
de las obras incluidas en el mencionado proyecto,
está declarada de urgencia conforme a los citados
artículos 8 de la Ley de Carreteras y 16,
apartado 4 de la citada Ley 8/1972, de 10 de mayo,
a cuyo régimen jurídico remite la Orden del
Ministerio de Fomento de 11 de abril de 2000, por la
que se aprueba el pliego de cláusulas administrativas
particulares para el concurso por procedimiento
abierto de la concesión para la construcción,
conservación y explotación del tramo de la obra referido
en el presente anuncio.
En consecuencia, y habiéndose cumplido
previamente las disposiciones relativas al trámite de
información pública preceptiva en la aprobación de los
estudios y proyectos, conforme lo establecido en
los artículo 32, 33 y 34 del Real Decreto 1812/1994,
de 2 de septiembre, por el que se aprueba el
Reglamento General de Carreteras, y habiendo sido del
mismo modo aprobado definitivamente el precitado
proyecto que comprende la descripción material de
los bienes y derechos afectados, esta Jefatura de
Demarcación de Carreteras somete a información
pública la relación de bienes y derechos
comprendida en el citado proyecto de trazado, según lo
contemplado en los artículos 17, apartado 2, 18 y 19,
apartado 2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954,
de Expropiación Forzosa, para conocimiento
general y determinación de los interesados, de tal forma
que durante el plazo de quince días, cualquier
persona pueda formular ante la Demarcación de
Carreteras del Estado en Madrid las solicitudes
debidamente documentadas sobre las correcciones que
estimen convenientes.
A tal efecto, los planos parcelarios y demás
documentación podrán consultarse por quienes lo
soliciten en los Ayuntamientos respectivos, en la
Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid
(calle Josefa Valcárcel, número 11), y en las oficinas
de la sociedad concesionaria, "Autopista Madrid,
Sur, Concesionaria Española, Sociedad Anónima",
unipersonal, concesionaria del Estado, situadas en
la 7.a planta del número 2 de la Plaza Manuel
Gómez Moreno (Edificio Alfredo Mahou) de
Madrid, que ostenta la condición de beneficiaria
de la expropiación en los términos que establece
el artículo 5 del Reglamento de Expropiación
Forzosa.
Madrid, 1 de abril de 2002.-El Ingeniero Jefe,
José Ramón Paramio Fernández.-13.216.
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