Por Resolución de la Dirección General de
Carreteras, de fecha 12 de marzo de 2002, se aprueba
el proyecto arriba indicado y se ordena a esta
Demarcación la incoación del expediente de expropiación
forzosa de los bienes y derechos afectados por las
obras de ejecución del proyecto aprobado.
Es de aplicación el artículo 8.1 y 2 de la Ley
25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, según la
redacción dada al mismo por el artículo 77 de la
Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y de Orden Social, a cuyo
tenor se declara de urgencia la ocupación de los
bienes por la expropiación forzosa a que dé lugar
la construcción de la mencionada obra. La
tramitación del correspondiente expediente expropiatorio
se ha de ajustar, por tanto, al procedimiento de
urgencia previsto en el artículo 52 de la vigente
Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre
de 1954, y concordantes de su Reglamento, de 26
de abril de 1957.
En consecuencia, esta Demarcación, haciendo
uso de las facultades que le otorga el artículo 98
de la LEF y atendiendo a lo señalado en las reglas 2.a
y 3.a de su artículo 52, ha resuelto convocar a los
propietarios que figuran en las relaciones que se
harán públicas en el "Boletín Oficial de la Provincia
de Alicante" y que se encuentran expuestas en el
tablón de anuncios del Ayuntamiento de Pedreguer,
así como en el de esta Demarcación de Carreteras,
para que asistan al levantamiento de actas previas
a la ocupación en el lugar, día y hora que a
continuación se indica:
Lugar: Ayuntamiento de Pedreguer.
Día: 23 de mayo de 2002.
Diez horas: Parcelas 1, 2, 3, 4, 5, 6, 24.
Once horas: Parcelas 7, 8, 9, 10, 11, 12, 22.
Doce horas: Parcelas 13, 14, 15, 16, 17, 18.
Trece horas: Parcelas 19, 20, 21, 23.
Además de los medios antes citados, se dará
cuenta del señalamiento a los interesados mediante
citación individual y a través de la inserción del
correspondiente anuncio en los diarios "Informaciones"
y "La Verdad" y en el "Boletín Oficial del Estado".
Esta última publicación, a tenor de lo dispuesto
en el artículo 59.4 de la Ley de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, servirá como notificación
a los posibles interesados no identificados, a los
titulares de bienes y derechos afectados que sean
desconocidos y a aquellos de los que se ignore su
paradero.
A dicho acto deben comparecer los titulares del
bien y derechos que se expropian, personalmente
o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos de
su titularidad y el último recibo del Impuesto de
Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar, a
su costa, de peritos y Notario.
Es de señalar que esta publicación se realiza,
además, a los efectos de información pública
contemplada en los artículos 17.2, 18 y 19.2 de la LEF,
para que en el plazo de quince días (que, conforme
establece el artículo 56.2 del Reglamento de
Expropiación Forzosa, podrá prorrogarse hasta el
momento que se produzca el levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación).
Los interesados podrán formular por escrito, ante
esta Demarcación de Carreteras (calle Joaquín
Ballester, número 39, 46071), alegaciones a los solos
efectos de subsanar posibles errores que se hayan
producido al relacionar los bienes afectados por la
urgente ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias citadas.
Valencia, 4 de abril de 2002.-El Ingeniero Jefe
de la Demarcación, Ismael Ferrer
Domingo.-14.497.
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