Se procede a la anulación del expediente número
I/003/C/3/A/2, para la ejecución del servicio de
asistencia técnica para el desarrollo y administración
de diversas aplicaciones soportadas en el Centro
de Proceso de Datos de la Guardia Civil, publicado
en el Boletín Oficial del Estado número 30 de 4
de febrero de 2003, porque la cláusula 5.1 del Pliego
de Cláusulas Administrativas Particulares referida
al contenido del sobre número 1 (de documentación
administrativa), no cita entre los documentos a
incluir en dicho sobre el certificado de clasificación
suficiente y en vigor, de conformidad con lo exigido
en el artículo 25 de la vigente Ley de Contratos
de las Administraciones Públicas, al tratarse de un
contrato distribuido en tres lotes, cada uno de los
cuales tiene un importe máximo superior a
120.202,42 Euros, y la categoría de la clasificación
exigida en la cláusula 3.2 del citado Pliego, no se
ajusta a la anualidad media correspondiente a cada
uno de los lotes en los que se estructura el contrato.
Próximamente se publicará nueva licitación, con
indicación de la clasificación correspondiente.
Madrid, 23 de abril de 2003.-La Subsecretaria
del Interior, María Dolores de Cospedal
García.-16.992.
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