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Documento BOE-B-2003-112031

Resolución de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias por la que se declara el levantamiento de la situación de Suspensión Provisional de funciones, conforme a lo establecido en los art. 47 y 49 de la Ley articulada de los Funcionarios Civiles del Estado, debiendo incorporarse con efectos inmediatos al servicio.

Publicado en:
«BOE» núm. 112, de 10 de mayo de 2003, páginas 3725 a 3725 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-B-2003-112031

TEXTO

Resultando imposible la localización del

funcionario del Cuerpo de Ayudantes de Instituciones

Penitenciarias D. Fernando López-Pozas Lanuza,

para la notificación de la Resolución del Director

General de Instituciones Penitenciarias de 2 de abril

de 2003, en razón de expediente disciplinario n.o

5/00 que se le instruye por la supuesta actuación

profesional irregular puesta de manifiesto el

11-02-2000, se le comunica...

La Resolución del Director General de

Instituciones Penitenciarias, por la que se declara el

levantamiento de la situación de Suspensión Provisional

de funciones, conforme a lo establecido en los art.

47 y 49 de la Ley articulada de los Funcionarios

Civiles del Estado, debiendo incorporarse con

efectos inmediatos al servicio.

Lo que se notifica en cumplimiento y a los efectos

previstos en el artículo 59.5 de la Ley de Régimen

Jurídico de las administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, significándole

que el texto íntegro de la Resolución se encuentra

a su disposición en la Subdirección General de la

Inspección Penitenciaria de esta Dirección General

de Instituciones Penitenciarias, calle Alcalá, número

38, de Madrid.

Contra la presente resolución, que pone fin a la

vía administrativa, es dado interponer recurso

potestativo de reposición ante esta Dirección General,

o Contencioso-Admininistrativo, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior

de Justicia en cuya circunscripción territorial tenga

su domicilio el inculpado, o de Madrid, a su elección,

en el plazo de un mes y dos meses, respectivamente,

contados a partir del día siguiente al de la

notificación de la presente, conforme a lo dispuesto

en el apartado 2) de la Disposición Adicional

Decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de

Organización y Funcionamiento de la Administración

General del Estado, 48.2) y 116 de la Ley 30/1992,

de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, en redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, y 10.1.i), regla Segunda

del 14.1) y 46.1) de la Ley 29/1998, de 13 de

julio, Reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-Administrativa.

Madrid, 30 de abril de 2002.-La Subdirectora

General de la Inspección Penitenciaria.-17.239.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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