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Documento BOE-B-2003-118065

Anuncio del Instituto Nacional de Empleo de Cáceres sobre cobros indebidos de prestaciones por desempleo.

Publicado en:
«BOE» núm. 118, de 17 de mayo de 2003, páginas 3900 a 3900 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales
Referencia:
BOE-B-2003-118065

TEXTO

Por esta Dirección Provincial se han dictado

resoluciones en expedientes para el reintegro de

prestaciones por desempleo, declarando la obligación

de los interesados que se relacionan, de reintegrar

las cantidades percibidas indebidamente por los

motivos y periodos que igualmente se citan. Se ha

intentado la notificación sin poderse practicar.

Lo que se notifica por medio de la presente, de

conformidad con lo establecido en el artículo 59

de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, advirtiéndoles

que de conformidad con lo establecido en el

número 2 del art. 33 del R.D. 625/85 dispone de 30

días para reintegrar dicha cantidad, que podrá

efectuar en la cuenta núm.: 0182 2370 48 0202295477

de el Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre

del Instituto Nacional de Empleo.

También podrá solicitar, el pago aplazado o

fraccionado de la cantidad requerida, cuya concesión

conllevará el correspondiente devengo del interés

legal del dinero establecido anualmente en la Ley

de Presupuestos Generales del Estado.

En el supuesto de que no realizase el reintegro

y fuese en algún momento beneficiario de

prestaciones, se procederá a realizar su compensación

con la prestación, según se establece en el art. 34

del R.D. 625/85.

Transcurridos los 30 días sin que se haya

producido el reintegro ni se haya compensado la deuda,

se emitirá la correspondiente certificación de

descubierto por la que se iniciará la vía de apremio,

según lo dispuesto en el art. 33.2 del Real

Decreto 625/85.

Si el reintegro, la compensación o la solicitud

de fraccionamiento o aplazamiento se realizase antes

de la apertura de la mencionada vía de apremio,

pero con posterioridad a la finalización del plazo

de 30 días reglamentarios, la cantidad adeudada se

incrementará en la cuantía correspondiente al 20%

de recargo por mora, de acuerdo con lo establecido

en el art. 28 del Texto Refundido de la Ley General

de la Seguridad Social.

Contra esta resolución, conforme a lo previsto

en el artículo 71 del Texto Refundido de la Ley

de Procedimiento Laboral, aprobado por el Real

Decreto-Legislativo 2/1995, de 7 de Abril (B.O.E.

n86, de 11 de Abril), podrá interponer, ante esta

Dirección Provincial, reclamación previa a la vía

jurisdiccional social dentro del plazo de 30 días

hábiles siguientes a la fecha de notificación de la

presente resolución.

De acuerdo con lo dispuesto en el art. 61 de

la Ley 30/92, de 26 de Noviembre, de Régimen

Jurídico de las Administraciones Públicas y del

Procedimiento Administrativo Común, los expedientes

reseñados, estarán de manifiesto por el

mencionado plazo de 30 días en la Dirección Provincial

del INEM.

Interesado, Documento Nacional de Identidad,

Expediente, Importe (Euros), Importe con Recargo

(Euros), Período, Motivo Lopez Caballero,

Santiago.7009122.0300000055.110,55. 132,66. 11 de

noviembre de 2002 a 30 de noviembre de 2002.

Colocación por cuenta ajena.

Ojalvo Bravo, Felipe. 6961497. 0200000503.

21,67. 26,00. 3 de noviembre de 2001 a 4 de

noviembre de 2001. Extinción por sanción impuesta por

la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad

Social.

Piris Parra, Vicente. 7466248. 0200000496.

159,12. 190,94. 7 de febrero de 2002 a 28 de febrero

de 2002.Colocación por cuenta ajena.

Salazar Silva, Emilio.50101439. 0200000536.

24,30. 29,16.19 de febrero de 2002 a 28 de febrero

de 2002. Baja por permanencia por no renovación

de demanda.

Tello Estaban, Emilio Olegario. 6983372.

0200000578. 221,10. 265,32. 1 de mayo de 2002

a 30 de mayo de de 2002. Colocacion por cuenta

ajena.

En Cáceres, a 5 de mayo de 2003.-El Director

provincial del INEM, P. D. (O.M. de 21-5-96), la

Subdirectora provincial de Prestaciones, María

Concepción Díaz Fernández.-18.659.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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