La Agencia de Protección de Datos, en el ejercicio
de las competencias que la ley le atribuye, y con
la finalidad de promover y fomentar la investigación
sobre el derecho fundamental a la protección de
datos, ha acordado proceder a la convocatoria de
la VII edición del Premio "Protección de Datos
Personales", correspondiente a 2003, que habrá de
ajustarse a las siguientes bases:
Primera: Se convoca la VII edición del Premio
"Protección de Datos Personales", correspondiente
al año 2003, con una dotación de seis mil euros.
El jurado podrá conceder un accésit dotado con
mil quinientos euros.
Segunda: Constituye su objeto premiar el trabajo
de investigación considerado de mayor mérito, que
verse sobre la protección de datos personales, desde
un plano jurídico, económico o social, ya sea con
un enfoque estrictamente teórico o a partir de
experiencias concretas.
Tercera: Podrán tomar parte en el concurso tanto
autores españoles como extranjeros. No podrán
participar en este concurso los miembros del Jurado
ni el personal destinado en la Agencia de Protección
de Datos, ni los premiados en convocatorias
anteriores.
Cuarta: Los trabajos serán originales e inéditos
y su extensión será libre, debiendo aportarse original
y dos copias. Deberán estar mecanografiados a dos
espacios y por una sola cara. En el supuesto de
no presentarse redactados en cualquiera de las
lenguas oficiales españolas, se acompañará traducción
en lengua castellana. Cada trabajo presentado
deberá incluir unas conclusiones.
Quinta: Las obras podrán presentarse en el
Registro General de la Agencia de Protección de Datos,
c/ Sagasta n22, planta baja, 28004 Madrid o
enviarse por correo certificado a la citada dirección,
antes de las catorce horas del día 24 de noviembre
de 2003. Los trabajos serán anónimos y se
encabezarán con un lema, que se repetirá en la parte
exterior de un sobre cerrado que los acompañará,
en cuyo interior se encontrará la identidad, domicilio
y teléfono del autor concursante.
Sexta: Concederá el premio un Jurado compuesto
por el Consejo Consultivo de la Agencia de
Protección de Datos bajo la Presidencia de su Director
e integrado por los vocales miembros del Consejo
Consultivo que se encuentren ejerciendo su mandato
en el momento de efectuarse el fallo. Actuará como
Secretario de dicho Jurado, con voz y sin voto,
el Secretario de dicho Consejo. En caso de empate
decidirá la votación el voto del Presidente.
Séptima: La decisión del Jurado, que podrá
declarar desierto el premio, se hará pública antes del
día 22 de diciembre de 2003. El fallo, frente al
que no cabrá recurso, se notificará formalmente a
quien resulte premiado.
Octava: La presentación del trabajo implicará, en
el supuesto de que resulte premiado, la cesión
gratuita de los derechos de autor, a efectos de su posible
publicación por la Agencia de Protección de Datos.
Los trabajos no premiados se devolverán a su autor,
quedando una copia de los mismos en poder de
la Agencia de Protección de Datos.
Novena: La participación en el concurso implica
la aceptación de todas las bases de la convocatoria.
Madrid, 15 de abril de 2003.-El Director de la
Agencia de Protección de Datos, José Luis Piñar
Mañas.
Madrid, 30 de abril de 2003.-El Secretario
General, Alvaro Canales Gil.-19.382.
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