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1. Antecedentes
Con fecha 22 de noviembre de 2001, la Secretaría
de Estado de Infraestructuras aprobó técnicamente
el estudio informativo de referencia.
Mediante la correspondiente nota-anuncio
publicada en el BOE de fecha 24 de noviembre de 2001,
se sometió a información pública y oficial, de
acuerdo con lo establecido en la LOTT y en el RDL
1302/86 de Evaluación de Impacto Ambiental.
Con fecha 10 de mayo de 2002, se remitió el
expediente a la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio de Medio
Ambiente, solicitando la preceptiva Declaración de
Impacto Ambiental.
La Declaración de Impacto Ambiental se ha
formulado por el Órgano Ambiental el 17 de marzo
de 2003, y se ha publicado en el BOE de fecha
9 de abril de 2003.
Los trabajos se han dividido en dos fases
diferenciadas: en la primera se han estudiado varias
soluciones de trazado a escala 1:25.000, mientras
que en la segunda fase se ha llevado a cabo la
optimización y caracterización detallada de las
alternativas más satisfactorias, a escala 1:5.000.
La longitud de la alternativa propuesta es de 85
km. frente a los 127 km. de la línea actual, lo que
supone un ahorro de longitud del 33 %. Este hecho,
junto a las características del nuevo trazado,
diseñado para alta velocidad, permitirá recorrer el
trayecto entre ambas ciudades con un ahorro de tiempo
muy significativo.
Por su parte, la conexión con el eje Atlántico,
proyectada en el extrarradio de Santiago de
Compostela, permitirá pasar de la línea de Orense a
este eje sin necesidad de entrar en la estación de
Santiago ni de realizar ninguna maniobra.
Se han recibido como resultado de los procesos
de información pública y oficial un total de 310
escritos de alegaciones.
Todos estos escritos han sido analizados y
contestados en el correspondiente expediente de
Información Pública y Oficial, realizándose las oportunas
modificaciones al Estudio Informativo.
Asimismo, en la Declaración de Impacto
Ambiental se han recogido las condiciones ambientales que
han de cumplirse según el Órgano Ambiental.
2. Informe del Servicio Jurídico
El Abogado del Estado-Jefe, mediante escrito de
16 de mayo de 2002, ha informado que el expediente
de información pública y oficial del estudio
informativo del proyecto del acceso ferroviario a Galicia.
Eje Orense-Santiago ha sido tramitado en la forma
legalmente prevista.
3. Declaración de impacto ambiental
La Declaración de Impacto Ambiental, que se
incluye como anexo a esta aprobación, se ha
formulado por la Secretaría General de Medio
Ambiente el 17 de marzo de 2003, y se ha publicado en
el BOE de fecha 9 de abril de 2003.
4. Informe de la Subdirección General de Planes
y Proyectos de Infraestructuras Ferroviarias
La Subdirección General de Planes y Proyectos
de Infraestructuras Ferroviarias elevó, con fecha 24
de abril de 2003, la Propuesta de Aprobación del
Expediente de Información Pública y Oficial y
Aprobación Definitiva del estudio informativo del
proyecto del acceso ferroviario a Galicia. Eje
Orense-Santiago.
5. Resolución
A la vista de todo lo expuesto, esta Secretaría
de Estado resuelve lo siguiente:
Primero: Hacer constar que el expediente
reseñado cumple con lo preceptuado en el título VII,
capítulo 2.o, sección 1.a, del vigente Reglamento
de la Ley de Ordenación de los Transportes
Terrestres (R. D. 1211/90 de 28 de septiembre).
Segundo: Aprobar el expediente de información
pública y oficial y definitivamente el estudio
informativo del proyecto del acceso ferroviario a Galicia.
Eje Orense-Santiago, seleccionando como
alternativa a desarrollar en el futuro proyecto constructivo
la solución propuesta en el estudio informativo,
denominada Solución C, con las modificaciones
recogidas en el expediente de Información Pública
y Oficial y las que se derivan de la Declaración
de Impacto Ambiental.
Tercero: En el proyecto constructivo que
desarrolle la solución aprobada se tendrán en cuenta las
prescripciones, establecidas en el condicionado de
la Declaración de Impacto Ambiental.
Cuarto: La presente Resolución pone fin a la vía
administrativa. En consecuencia, y sin perjuicio de
que pueda utilizarse cualquier otro recurso, tal como
señala el artículo 46 de la Ley 29/1998 de 13 de
julio reguladora de la Jurisdicción
ContenciosoAdministrativa, contra la mencionada aprobación
podrá interponerse recurso
Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir
del día siguiente al de publicación o notificación
de la presente Resolución, ante la Sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.
Madrid, 25 de abril de 2003.-El Secretario de
Estado de Infraestructuras, D. Benigno Blanco
Rodríguez.-26.658.
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