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Documento BOE-B-2003-143072

Resolución de la Agencia de Protección de Datos sobre el procedimiento sancionador PS/00123/2002.

Publicado en:
«BOE» núm. 143, de 16 de junio de 2003, páginas 4898 a 4898 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Agencia de Protección de Datos
Referencia:
BOE-B-2003-143072

TEXTO

Desconociéndose el domicilio actual de

INGENIERÍA 900, S.L., procede acudir al medio de

notificación previsto en el artículo 59.4 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, modificado por la

Ley 4/1999, de 13 de enero.-En consecuencia, a

continuación se transcribe, para que sirva de

notificación, extracto de la resolución n:

R/00136/2003, de fecha 28/04/03, recaída en el

procedimiento sancionador n00123/2002. "El

Director de la Agencia de Protección de Datos

RESUELVE: PRIMERO: IMPONER a la entidad

INGENIERÍA 900, S.L., por una infracción del

artículo 16 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de

diciembre, de Protección de Datos de Carácter

Personal, tipificada como grave en el artículo 44.3 f)

de dicha norma, una multa de 60.101,21 euros (sesenta

mil ciento un euros con veintiún céntimos de euro)

de conformidad con lo establecido en el artículo

45.2 de la citada Ley Orgánica.

La sanción impuesta deberá hacerla efectiva en

el plazo de pago voluntario que señala el artículo

20 del Reglamento General de Recaudación

aprobado por Real Decreto 1684/1990, de 20 de

diciembre, mediante su ingreso en la cuenta n0182 2370

43 0200000785 a nombre de la Agencia de

Protección de Datos del Banco Bilbao Vizcaya

Argentaria, S.A. o en caso contrario, se procederá a su

exacción por vía de apremio. Si recibe la notificación

entre los días 1 y 15 de cada mes, ambos inclusive,

el plazo para efectuar el pago voluntario será hasta

el día 5 del mes siguiente o inmediato hábil posterior,

y si recibe la notificación entre los días 16 y último

de cada mes, ambos inclusive, el plazo del pago

será hasta el 20 del mes siguiente o inmediato hábil

posterior.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía

administrativa (artículo 48.2 de la Ley Orgánica 15/1999,

de 13 de diciembre), y de conformidad con lo

establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de

26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las

Administraciones Públicas y del Procedimiento

Administrativo Común, según la redacción dada por la

Ley 4/1999, de 13 de enero, que la modifica, los

interesados podrán interponer, potestativamente,

recurso de reposición ante el Director de la Agencia

de Protección de Datos en el plazo de un mes a

contar desde el día siguiente a la notificación de

esta resolución, o, directamente recurso contencioso

administrativo ante la Sala de lo

Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional con arreglo

a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado

5 de la disposición adicional cuarta de la Ley

29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Contencioso-administrativa, en el plazo de dos

meses a contar desde el día siguiente a la notificación

de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1

del referido texto legal.

Madrid, 22 de mayo de 2003.-El Secretario

General, Alvaro Canales Gil.-29.096.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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