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De acuerdo con lo que prevén la Ley 34/1998,
de 7 de octubre, del sector de hidrocarburos; el
Real decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por
el que se regulan las actividades de transporte,
distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de gas
natural; los artículos 17 de la Ley de 16 de diciembre
de 1954, sobre expropiación forzosa, y 56 de su
Reglamento, aprobado por el Decreto de 26 de abril
de 1957, se somete a información pública el
proyecto de instalación de gas natural que se detalla
a continuación.
Referencia: 00014148/03.
Peticionario: Gas Natural SDG, Sociedad
Anónima, con domicilio social en Barcelona, en c. Joan
d'Àustria, 39.
Objeto: la autorización administrativa y la
aprobación del proyecto y la declaración de utilidad
pública para el religamiento técnico entre las redes
Manresa-Súria y Subirats-Òdena-Manresa en
APB-49,5, en el término municipal de Manresa.
La declaración de utilidad pública llevará
implícita, de acuerdo con el artículo 105 de la
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de
hidrocarburos, en todos los casos, la necesidad de
ocupación de los bienes y los derechos afectados e
implicará la urgente ocupación a los efectos del
artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de
16 de diciembre de 1954.
Término municipal afectado: Manresa.
Características principales de la instalación:
Conducción principal del religamiento en alta
presión, APB a 49,5 bar.
Presión máxima: 49,5 bar.
Longitud: 2050,71 metros.
Diámetros: 8 pulgadas.
Grosor: 5,16 milímetros.
Material: acero API-5L Gr X-42.
Conducción en alta presión B.
Presión máxima: 49,5 bar.
El proyecto incluye la construcción de una antena
en DN-8" para poder hacer el religamiento al
gaseoducto Manresa-Súria, en el término municipal de
Manresa.
El tramo tiene su origen en la canalización situada
en la ERM 03-03 existente en la avenida Pirelli.
A partir de aquí transcurrirá bajo un vial de futura
construcción paralela a la línea de tren Barcelona
a Zaragoza, a una distancia superior a 10 metros
y por debajo del carril bici hasta que la vía del
ferrocarril se hunde en un túnel, se dirige hacia
el eje transversal C-25 el cual atraviesa por
trepanación horizontal, para ir a hacer finalmente el
religamiento de la canalización en construcción.
Protección catódica:
Las canalizaciones de acero de este proyecto serán
protegidos mediante un sistema de protección
catódica, formado por una Estación de Protección
Catódica (EPC) a situar en la ERM existente de la que
parte, se instalarán una serie de elementos como
son una cama anódica, ánodos de zinc, TP, TPE,
electrodos probeta, etc.
Instalaciones eléctricas:
Las necesarias en cada momento para el
funcionamiento para los sistemas de telemedida y
telemando adoptado si se considera necesario.
Presupuesto total: 334.959,00 euros.
Afectaciones derivadas del proyecto:
a) Servidumbre perpetua de paso en una franja
de terreno de 3 metros de anchura por cuyo eje
la canalización irá bajo tierra, a una profundidad
mínima de 1 metro, junto con los elementos y
accesorios que ésta requiera. El límite de esta franja
quedará definido a 1,5 metros a ambos lados del
eje del trazado de la canalización y dentro del de
ocupación temporal.
Esta franja de servidumbre perpetua de paso se
utilizará para la vigilancia y el mantenimiento de
la canalización, para lo que se dispondrá de libre
acceso del personal, elementos y medios necesarios.
Se deberán pagar los daños que se ocasionen en
cada uno de los casos en que se haya de intervenir.
b) Servidumbre de ocupación temporal durante
el período de ejecución de las obras en una franja
o pista de donde se harán desaparecer todo tipo
de obstáculos, cuya anchura máxima será la que
se indica en los planos parcelarios, con el pago
de los daños que se ocasionen en cada caso.
c) La prohibición de plantar árboles y arbustos
de tallo alto y de hacer movimientos de tierras en
la franja a que hace referencia el apartado a).
d) La prohibición de efectuar trabajos de arada,
cava u otros similares a una profundidad superior
a 50 cm en la franja a que hace referencia el
apartado a).
e) No se permitirá levantar edificaciones o
construcciones de ningún tipo, aunque tengan carácter
provisional o temporal, ni variar la cota de terreno,
ni efectuar ningún acto que pueda dañar o perturbar
el buen funcionamiento, la vigilancia, la
conservación, las reparaciones y las sustituciones necesarias,
si procede, de la canalización y de los elementos
anexos a una distancia inferior a 1,5 metros a ambos
lados del eje del trazado de las canalizaciones.
f) Todo lo que se ha indicado en los apartados
anteriores no será aplicable a los bienes de dominio
público.
g) Ocupación de dominio: ocupación
permanente y perpetua de las parcelas que se señalan
en los planos parcelarios, al vuelo, al suelo y al
subsuelo necesarios para la construcción de las
instalaciones de recepción, filtrado, regulación de
presión y medida del gas, y de sus elementos anexos,
armarios para la instalación de sistemas de
protección catódica y la instalación de los conjuntos
de válvulas de línea y derivación, incluyendo la
construcción del cierre de las barreras de protección
a la totalidad de los perímetros para salvaguardar
las instalaciones de elementos extraños o de intrusos.
Se hace público para conocimiento general,
especialmente de los propietarios y titulares de los bienes
y los derechos afectados por este proyecto, cuya
relación se incluye en el anexo de este Anuncio,
y también para las personas que siendo titulares
de derechos reales o de intereses económicos sobre
los bienes afectados hayan sido omitidas, para que
puedan examinar el expediente donde constan las
características técnicas y las afectaciones derivadas
del proyecto en las oficinas de la Dirección General
de Energía y Minas en Barcelona, av. Diagonal,
514,2.o, y presentar los escritos de alegaciones en
el plazo de 20 días a contar desde el día siguiente
al de la publicación de este anuncio.
Barcelona, 11 de junio de 2003.-Jaume Farré
i Solsona, Jefe del Servicio de
Hidrocarburos.-&31.645.
Anexo
Lista concreta e individualizada de los bienes y los
derechos afectados
Abreviaturas utilizadas:
Datos catastrales: PO=polígono; PA=parcela;
N=naturaleza; TD=titular y domicilio.
Afectación: SP=servidumbre perpetua de paso, en
m2; SO=servidumbre de ocupación temporal, en m2;
OD=ocupación de dominio, en m2; A=autopista;
Am=almendros; Ba=bosque alto; Bb=bosque bajo;
Bc=barranco; Cem=cementerio; Cm=camino;
Ctra=carretera; ER=yermo; Fr=frutales; Ho=huerta;
Ind=industria; Ol=olivos; Pa=pastura; Pe=cantera;
Pl=plantació; Psta=pista; R=río; Renfe=ferrocarril;
Rf=repoblación forestal; RI=riachuelo; Rie=riera;
Se=acequia; To=torrente; Tr=terreno de regadío;
Ts=terreno de secano; Urb=urbano; Vny=viña;
Vt=vía de tren (part.); Vv=vivero.
Término municipal de Manresa
Conducción principal:
FN-B-MN-01. PO=14010; PA=03;
TD=Ayuntamiento de Manresa, pl. Major, 1, 08240 Manresa;
SO=60; SP=18; N=Er.
FN-B-MN-02. PO=-; PA=-; TD=Ayuntamiento de
Manresa, pl. Major, 1, 08240 Manresa; SO=0; SP=0;
N=crta.
FN-B-MN-03. PO=11020; PA=03, 04;
TD=Ayuntamiento de Manresa, pl. Major, 1, 08240 Manresa;
SO=10560; SP=3168; N=Bb.
FN-B-MN-04. PO=-; PA=-; TD=Ayuntamiento de
Manresa, pl. Major, 1, 08240 Manresa; SO=0; SP=0;
N=Cm.
FN-B-MN-05. PO=07070; PA=10;
TD=Quembrue, Sociedad Anónima, av. Jacquard, 101, 08022
Terrassa; SO=420; SP=126; N=Bb.
FN-B-MN-06. PO=07070; PA=11; TD=Roc Mora
Costa, ps. Pujades, 27, 2-2a, 08018 Barcelona;
SO=130; SP=39; N=Ts.
FN-B-MN-07. PO=07070; PA=12; TD=Juan
Tatge Samper, c. Alcalde Montardit, 12, 2-1 08240
Manresa; SO=1300; SP=390; N=Ts.
FN-B-MN-08. PO=07070; PA=13; TD=Maria
Àngels Alabern Playà, crta. de Vic, 19, 1 08240
Manresa; SO=780; SP=234; N=Ts.
FN-B-MN-09. PO=2; PA=179; TD=Maria Àngels
Alabern Playà, crta. de Vic, 19, 1 08240 Manresa;
SO=10; SP=3; N=Er.
FN-B-MN-10. PO=-; PA=8000; TD=Generalidad
de Cataluña, Departamento de Carreteras, av. Josep
Tarradelles, 2-6, 08029 Barcelona; SO=0; SP=0;
N=crta, Er.
FN-B-MN-ll. PO=2; PA=177; TD=Pere Gamisans
Pujol i Maria Rosa del Rio Masachs, barriada
Bosuanya Can Gaminans, 08240 Manresa; SO=170;
SP=51; N=Er.
FN-B-MN-12. PO=2; PA=137; TD=Victòria
Mateos Samañiego, crta. de Cardona, 95, 12
08240 Manresa; SO=1090; SP=327; N=Er.
FN-B-MN-13. PO=2; PA=9011;
TD=Ayuntamiento de Manresa, pl. Major, 1, 08240 Manresa;
SO=0; SP=0; N=Cm.
FN-B-MN-14. PO=2; PA=135; TD=José
Figuerola Giralt, c. Bernat Cabré, 16, 08240 Manresa;
SO=920; SP=276; N=Bb.
FN-B-MN-15. PO=2; PA=136; TD=Agustin Farré
Pladellorens, crta. de Vic, 172, 08240 Manresa;
SO=50; SP=15; N=Bb.
FN-B-MN-16. PO=1; PA=25;Tb=Manolita Soler
Vives, c. Joc de la Pilota, 2, 1 08240 Manresa;
SO=300, 540; SP=90, 162; N=Fr, Ts.
FN-B-MN-17. PO=1; PA=24; TD=Bonaventura
Torras Panella, c. de El Pou, 5, 1 08650 Sallent;
SO=300, 330; SP=90, 99; N=Ts, Bb.
FN-B-MN-18. PO=1; PA=23 TD=Ignasi Sanfeliu
Pons, c. Urgell, 34, 08240 Manresa; SO=1160, 100;
SP=348, 30; N=Ts, Bb.
FN-B-MN-19. PO=1; PA=22; TD=Gas Natural,
SDG, Sociedad Anónima, av. Portal de l'Àngel, 22,
08002 Barcelona; SO=220; SP=66; N=Bb.
FN-B-MN-20. PO=2; PA=9031; TD=Generalidad
de Cataluña, Departamento de Carreteras, av. Josep
Tarradelles, 2-6, 08029 Barcelona; SO=0; SP=0;
N=crta.
FN-B-MN-21. PO=2; PA=105; TD=Joguines
Farrés, c. Àngel Guimerà, 39, bajos, 08240 Manresa;
SO=100; SP=30; N=Bb.
FN-B-MN-22. PO=2; PA=9026; TD=Agencia
Catalana del Agua, c. Provença, 204-206, 08036
Barcelona; SO=0; SP=0; N=To.
FN-B-MN-23. PO=2; PA=106; TD=Explotacions
Agrícoles i Urbanes, Sociedad Anónima, c. Pacífic,
2, 4-3 Att. Joan Manel Rubiralta, 08027
Barcelona; SO=90; SP=27; OD=35; N=Ts.
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