Anuncio de fusión por absorción de Fondos
de Inversión
Con fecha 4 de octubre de 2002, el Consejo
de Administración de "Sogecapital, S.G.I.I.C.,
Sociedad Anónima" y el representante permanente de
Société Générale, sucursal en España, como
sociedad gestora y depositaria de los fondos implicados
en la fusión, aprobó, por unanimidad, el acuerdo
de fusión por absorción de los fondos señalados
en el encabezamiento.
Con fecha 16 de diciembre de 2002, la Comisión
Nacional del Mercado de Valores (en adelante
CNMV), ha autorizado el proyecto de fusión, en
el que se recoge la fusión por absorción de los
citados Fondos, con disolución sin liquidación, de
los fondos absorbidos y transmisión en bloque de
todos sus Activos y Pasivos al fondo absorbente,
sucediendo este último a título universal en todos
sus derechos y obligaciones a los fondos absorbidos.
Igualmente, se informa que "Sg Mibor, FIAMM"
(fondo absorbente), modificará su Reglamento de
Gestión para cambiar su denominación a "Sgam
Euribor, FIAMM", e introducirá una serie de
modificaciones adicionales como:
(i) Se modifica la base de cálculo de la comisión
de gestión, que pasa a ser fija sobre patrimonio.
(ii) La inversión en productos derivados se
adaptará a lo establecido por la legislación vigente.
(iii) Se elimina el volumen máximo de
suscripción del 10 por 100 de los activos del fondo.
Dichas modificaciones al Reglamento de Gestión
del Fondo Absorbente, han sido autorizadas por
la Comisión Nacional del Mercado de Valores, con
fecha 16 de diciembre de 2002.
Igualmente, será modificado su folleto
informativo, adaptándose a los requerimientos de
información vigentes, y realizándose las siguientes
modificaciones:
(i) Adaptar la política de inversión de "Sgam
Euribor, FIAMM".
(ii) La Inversión mínima inicial no a mantener
pasará de 60.101,21 euros a 6.000 euros.
(iii) Eliminar la inversión a mantener.
(iv) Establecer una comisión de depósito, de
forma que ésta pasará de 0 por 100 al 0,10 por
100 sobre el patrimonio del Fondo.
(v) Establecer como hora límite para la
recepción de las órdenes de suscripción y reembolso a
efectos de determinar el valor liquidativo aplicable,
y por tanto, ser consideradas solicitadas al día
siguiente tras dicha hora límite, las diecisiete horas.
(vi) Incluir la posibilidad que el Fondo pueda
operar con instrumentos financieros derivados
negociados en mercados organizados de derivados con
la finalidad de cobertura de los riesgos asociados
a sus inversiones al contado.
La fusión de los Fondos y la modificación de
su Reglamento de Gestión confiere a los partícipes
de los Fondos un derecho de separación, de forma
que podrán optar, en el plazo de un mes, a partir
de a fecha de publicación de este anuncio, o de
la fecha de remisión de las comunicaciones
individualizadas a partícipes, la que fuera posterior, por
el reembolso de sus participaciones sin deducción
de comisión ni gasto alguno.
Se comunica a los acreedores de los Fondos
afectados su derecho a oponerse a su fusión, en el plazo
de un mes, a contar desde la publicación del último
anuncio de fusión, de acuerdo con la vigente Ley
de Sociedades Anónimas.
El proyecto de fusión se puede consultar en la
Comisión Nacional del Mercado de Valores y en
el domicilio de la sociedad gestora.
Madrid, 13 de enero de 2003.-El Presidente del
Consejo de Administración y el Secretario del
Consejo de Administración, Jesús María Herrero
Álamo.-1.308.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid