Desconociéndose el actual domicilio de D.
Gonzalo Álvarez Vuelta, por no hallársele en el de la
calle Arquitectura, n.o 16, 1.o-1, de Barcelona, se
le hace saber por el Director General Gerente del
Instituto para la Vivienda de las Fuerzas Armadas,
y en el expediente incoado para el ejercicio del
desahucio de la vivienda de la que fue titular su
madre doña. María Adoración Vuelta Raimúndez
(fallecida), que se ha formulado, con fecha de 23
de abril de 2003, Requerimiento de Pago, al ser
causa de resolución de contrato de vivienda militar
contemplado en la letra a) (La falta de pago del
canon arrendaticio de uso o de las cantidades cuyo
abono haya asumido o sean repercutibles al usuario,
correspondientes a tres mensualidades) del artículo
10, párrafo 1.o, de la Ley 26/1999, de 9 de julio,
de medidas de apoyo a la movilidad geográfica de
los miembros de las Fuerzas Armadas, modificada
por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de medidas
fiscales, administrativas y del orden social,
modificada nuevamente por la Ley 53/2002, de 30 de
diciembre, de medidas fiscales, administrativas y del
orden social. En consecuencia, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 26/1999,
de 9 de julio, le requiero, a fin de que proceda
al desalojo voluntario en el plazo de un mes, a
partir de la publicación del presente edicto, bajo
apercibimiento, en caso de incumplimiento, de que
se instruirá el procedimiento previsto en el artículo
10.4, a fin de obtener su efectividad.
Madrid, 10 de junio de 2003.-El Director General
Gerente, Rafael Amat Tudurí.-31.832.
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