La Dirección General de MUFACE ha resuelto
con fecha 28 de Mayo de 2003, de acuerdo con
lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común modificada por la Ley
4/1999, y al no haberse podido practicar la
notificación de requerimiento de pago de la Resolución
de la Dirección General de MUFACE de fecha
24 de marzo de 2003 por 233,43 euros a D.a M.a Zoi
Torres Santomé, heredera de D.a M.a Elisa Santomé
Castro, con domicilio C/ Cabo Santiago Gómez,
18-3.o D de A Coruña, en concepto de Pensiones
del Fondo Especial abonadas indebidamente a la
causante, que se inserte en el Boletín Oficial del
Estado y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento
de su último domicilio, la notificación de
requerimiento de pago a dicho interesado, advirtiéndole
que, a tenor de lo dispuesto en el artículo 37 del
Reglamento del Mutualismo Administrativo, se le
concede un plazo de quince días para proceder al
abono de la cantidad adeudada mediante su ingreso
en la cuenta n.o 0200007334 abierta en el Banco
de España a nombre de MUFACE "Fondo
Especial".
Transcurrido dicho plazo sin haberse procedido
al indicado ingreso, se dará curso al certificado de
descubierto y se procederá a la recaudación en vía
ejecutiva.
Contra la presente Resolucíón, que no pone fin
a la vía administrativa, podrá interponerse recurso
de alzada ante el Ministerio de Administraciones
Públicas, en el plazo de un mes a partir de la fecha
de su publicación.
Madrid, 12 de junio de 2003.-El Director general,
Isaías López Andueza.-31.792.
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