Al no haberse podido practicar la notificación
personal a la interesada, conforme dispone el
artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en aplicación de lo
dispuesto en el mismo artículo, se hace constar que
la Dirección General de Recursos Humanos y
Servicios Económico-Presupuestarios en su resolución
de 25 de abril de 2003, recaída en el expediente
2000261, "acuerda declarar la inadmisibilidad del
recurso interpuesto por Doña Bárbara Manzanares
Martín, contra la Resolución de la Comisión de
Docencia del Hospital Universitario Reina Sofía,
de Córdoba, de 19 de mayo de 2000, que le notifica
la evaluación de no apto en el curso tercero como
médico residente en Medicina Nuclear, por carecer
de competencia sobre el tema.
Asimismo, se hace constar que la presente
Resolución agota la vía administrativa, y contra ella puede
interponerse Recurso Contencioso-Administrativo
ante el Tribunal Superior de Justicia
correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día
siguiente al de recepción de la notificación, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin
perjuicio de poder interponer cualquier otro recurso
que se considere conveniente".
La citada Resolución se encuentra a disposición
de la interesada en la Subdirección General de
Recursos y Publicaciones del Ministerio de Sanidad
y Consumo, sita en el paseo del Prado, 18-20, planta
tercera, 28071 Madrid.
Madrid, 23 de junio de 2003.-El Secretario
General Técnico, Juan Antonio Puigserver
Martínez.-32.914.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid