De conformidad con lo establecido en el
capítulo III del Decreto 41/2000, de 14 de junio
("Boletín Oficial de Cantabria" del 20), por el que se
regula el procedimiento para la autorización de
parques eólicos en Cantabria y a los efectos previstos
en el artículo 125 del Real Decreto 1955/2000,
de 1 de diciembre ("Boletín Oficial del Estado" del
27), que resulta de aplicación supletoria, así como
en el artículo 28 de la Ley 54/1997, de 27 de
noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 28), del Sector
Eléctrico, y en el artículo 31 del Decreto 50/1991,
de 29 de abril ("Boletín Oficial de Cantabria" de
14 de mayo), de evaluación de impacto ambiental
para Cantabria, se somete a información pública
la petición de autorización administrativa, el informe
de impacto ambiental y aprobación del proyecto
de ejecución del parque eólico de Zalama, cuyas
características principales son las siguientes:
Entidad peticionaria: "Boreas Eólica, Sociedad
Anónima", 09003 Burgos, avenida del Cid, 3, 3.o A.
Finalidad de la instalación: Aprovechar la energía
cinética del viento, como recurso natural renovable,
y transformarla en energía eléctrica.
Emplazamiento:
Término municipal afectado: Soba.
Coordenadas UTM de la poligonal que lo delimita:
Vértices X Y
A 464015 4775914
B 465123 4776057
C 466050 4775986
D 466064 4775903
E 465836 4775852
F 465486 4775924
G 465276 4775929
H 465144 4775954
I 465063 4775868
J 464784 4775738
K 464678 4775748
L 464384 4775774
M 464281 4775819
N 464187 4775837
O 464022 4775798
Potencia (MW):
Unitaria (por aerogenerador): 1,5.
Total: 22,5.
Aerogeneradores:
Tipo: Gamesa G80/1500, clase I, tripala, de 80
metros de diámetro de pala, de paso variable, sistema
pitch de control de potencia y altura de buje 67
metros.
Número total: 15.
Producción anual estimada (MWh): 67.840.
Presupuesto (MEuros): 21,2.
Infraestructuras eléctricas de generación,
transformación e interconexión:
Quince centros de transformación de 1.700 kVA
de potencia unitaria y relación de transformación
0,69/20 kV, instalados en la parte trasera de las
nacelles, con su correspondiente aparamenta de
seccionamiento, maniobra y protección.
Líneas de media tensión subterráneas para
evacuación a 20 kV, de interconexión entre los centros
de recogida de media tensión y la subestación
transformadora 20/55 ó 66 kV.
Lo que se hace público para conocimiento general,
al objeto de que pueda examinarse el proyecto
referido en la Dirección General de Industria, Servicio
de Ordenación, calle Hernán Cortés, 40, segunda
planta, y formularse, en su caso, en el plazo de
veinte días, contados a partir del día siguiente al
de la publicación de esta Resolución, las alegaciones
que estimen oportunas.
Santander, 5 de diciembre de 2002.-El Director
general de Industria, P. D. (Resolución de 29 de
noviembre de 2002), el Jefe de Servicio de Fomento,
Eduardo de la Mora Laso.-&1.015.
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