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Al no haberse podido practicar la notificación
personal al interesado por desconocer su actual
paradero, conforme dispone el artículo 59.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico
de las Administraciones Públicas y del
Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley
4/1999, de 13 de enero, y en aplicación de lo
dispuesto en dicho artículo, debe publicarse a efectos
de notificación, la parte dispositiva de la Resolución
Definitiva dictada en fecha 24 de julio de 2003
por el Secretario General IMSERSO, en el
expediente disciplinario incoado al trabajador D. Luis
Mariano Rodríguez Corral, y cuyo tenor literal es
el siguiente: "Vista la Propuesta de Resolución de
la Instructora actuante y con aplicación de las
disposiciones legales indicadas, esta Secretaría General
del IMSERSO, en virtud de las competencias que
tiene conferidas, acuerda imponer al trabajador
D. Luis Mariano Rodríguez Corral, la sanción
prevista en el artículo 81,1.c) del CCU, consistente
en despido.
Contra la presente Resolución podrá interponer
el interesado demanda ante el Juzgado de lo social,
en el plazo de los veinte días siguientes a aquél
en que se notifique esta Resolución, a tenor de lo
establecido en el artículo 114, en relación con el 103,
del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril,
por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley
de Procedimiento Laboral (BOE 11.04.95).
No obstante, antes de presentar dicha demanda,
habrá de formular reclamación previa a la vía judicial
social ante la secretaría General del IMSERSO, de
conformidad con lo dispuesto en los artículos 69
de la ya citada Ley de Procedimiento laboral y 125
de la Ley de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, de 26 de noviembre de 1992 (BOE del 27),
y a los efectos previstos en esos mismos artículos.
En Madrid a 24 de julio de 2003.-Fdo.: Adolfo
Gallego Torres.
Madrid, 29 de julio de 2003.-El Secretario
general, Adolfo Gallego Torres.-37.739.
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