Con fecha 20-06-03 la Presidencia de la
Confederación Hidrográfica del Segura ha distado la
siguiente Resolución:
"Por resolución de esta Confederación
Hidrográfica de fecha 17 de octubre de 2002 se acordó
la ampliación del plazo máximo de resolución en
los expedientes sancionadores contra el Dominio
Público Hidráulico tramitados por la Comisaria de
Aguas.-En la resolución indicada se establecía que
el motivo de la ampliación consistía en la
imposibilidad de poder tramitar los expedientes referidos
dentro del plazo de un año marcado por la Ley,
cual era el de 12 meses, por lo que conforme a
lo preceptuado en el artículo 42 párrafo 6de la
Ley 30/92, se acordó fijar dicho periodo en 18
meses.-Tal acuerdo se publicó en el Boletín Oficial
del Estado de fecha 15 de noviembre de 2002, y
ello en cumplimiento del mandato establecido en
el artículo 42 de la Ley antes citada.-Teniendo en
cuenta que han desaparecido en la actualidad las
circunstancias que aconsejaron la ampliación del
plazo en cuestión, procede, nuevamente fijar el
mismo en el de 12 meses que es el legalmente
establecido por el vigente Texto Refundido de la Ley
de Aguas."
Murcia, 1 de julio de 2003.-El Secretario
General.-Gerardo Cruz Jimena.-36.469.
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