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Mediante Resolución de fecha 11 de julio de 2003,
acuerda esta Jefatura ordenar la incoación de un
expediente complementario de expropiación forzosa
motivado por la necesidad de ejecutar obras de
corrección de deslizamiento y protección de taludes
en el Tramo Latores-Trubia de la Autovía A-63;
obras declaradas de emergencia por la Secretaría
de Estado de Infraestructuras a través de una
anterior Resolución de fecha 3 de junio de 2003.
Conforme establece el artículo 8.1 de la
Ley 25/1988, de 29 de julio, de Carreteras, en la
redacción dada al mismo por el artículo 77 de la
Ley 24/2001, de 27 de diciembre, de Medidas
Fiscales, Administrativas y del Orden Social, la
mencionada aprobación implica la declaración de
utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación
de los bienes y adquisición de derechos
correspondientes, a los fines de expropiación, de ocupación
temporal y de imposición o modificación de
servidumbres. La tramitación del correspondiente
expediente expropiatorio se ha de ajustar, por tanto,
al procedimiento de urgencia previsto en los
artículos 52 de la vigente Ley de Expropiación Forzosa
de 16 de diciembre de 1954 (LEF) y concordantes
de su Reglamento de 26 de abril de 1957.
En consecuencia, esta Jefatura de Demarcación,
haciendo uso de las facultades que le otorga el
artículo 98 de la LEF y atendiendo a lo señalado
en las reglas 2.a y 3.a de su artículo 52, ha resuelto
convocar a los propietarios que figuran en las
relaciones que se harán públicas en el "Boletín Oficial
del Principado de Asturias", y que se encuentran
expuestas en el tablón de anuncios del
Ayuntamiento de Oviedo, así como en el de esta Demarcación
de Carreteras del Estado en Asturias, para que
asistan al levantamiento de las Actas Previas a la
Ocupación en los lugares, fechas y horas que a
continuación se indican:
Término municipal de Oviedo.
Lugar: Oficinas del Ayuntamiento en la calle
Otero s/n (Nuevo Aparcamiento).
Fecha y hora: Día diecinueve de agosto de 2003,
de diez treinta a trece treinta horas.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 59.5 de
la vigente Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y del Procedimiento Administrativo Común, la
presente publicación servirá como notificación a los
posibles interesados que no hayan podido ser
identificados, a los titulares de bienes y derechos
afectados que sean desconocidos, y a aquellos de los
que se ignore su paradero.
A dicho acto deberán comparecer los titulares
de los bienes y derechos que se expropian
personalmente o representados por persona debidamente
autorizada, aportando los documentos acreditativos
de su titularidad y el último recibo del Impuesto
de Bienes Inmuebles, pudiendo hacerse acompañar,
a su costa, de Peritos y Notario.
Conforme establece el artículo 56.2 del
Reglamento de Expropiación Forzosa, hasta el momento
en que se proceda al levantamiento de las citadas
actas previas a la ocupación, los interesados podrán
formular, por escrito, ante esta Demarcación de
Carreteras del Estado en Asturias (Plaza de España
n.o 3, 33071 Oviedo) alegaciones a los solos efectos
de subsanar posibles errores que se hayan producido
al relacionar los bienes afectados por la urgente
ocupación.
Los planos parcelarios y la relación de interesados
y bienes afectados podrán ser consultados en las
dependencias antes citadas.
Oviedo, 14 de julio de 2003.-Jefe de la
Demarcación. Fdo.: Agustín Falcón Bascarán.-37.018.
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