Visto el informe de la Dirección General de
Carreteras sobre el estudio informativo de referencia y
en uso de la competencia establecida en la
Resolución de Delegación de Atribuciones de 30 de mayo
de 1996, resuelvo:
Primero.-Declarar que el expediente de
información pública reseñado en el asunto cumple con lo
preceptuado en los artículos 32, 33, 34 y 35 del
vigente Reglamento de Carreteras (1812/1994, de
2 de septiembre).
Segundo.-Aprobar el expediente de información
pública del estudio informativo "Autopista de peaje
Ocaña-La Roda" de clave E1-1-E-111 y
definitivamente el mismo, seleccionando como alternativa
a desarrollar en el anteproyecto la denominada: R4,
Sur-1, Sur-2, Sur-3, Cen-1, nueva conexión
Cen-1/Sur-5, Sur-5, Sur-6, Sur-7, Sur-8, Sur-9,
N-A-31-1, C-6 y Cen-6, en el estudio y consistente
en una autopista de peaje de 148,3 km de longitud,
y un presupuesto de ejecución por contrata de
462,129 Meur.
Tercero.-En el anteproyecto que desarrolle la
solución aprobada definitivamente se tendrán en
cuenta las prescripciones siguientes:
Primera: El enlace de la Autopista con la R-4
y la N-IV se realizará completando el enlace que
actualmente se está construyendo entre estas dos
últimas vías, respetando en todo caso los
movimientos principales del enlace en construcción. Los
movimientos entre la N-IV sentido Madrid y la autopista
serán de tipo directo.
Segunda: Con objeto de facilitar las
comunicaciones en el entorno de Ocaña se implantará un
enlace que conectará la Autopista con la N-301
y la carretera Dos Barrios-Noblejas (p.k. 5+100 de
la alternativa Sur). El tramo entre este enlace y
el enlace con la N-IV será de utilización libre para
el tráfico local.
Tercera: Se ajustará el trazado en el p.k. 13+750
para lograr que la arista exterior de la explanación
quede a 100 m del límite de la ZEPA "Área esteparia
de la Mancha Norte".
Cuarta: Entre el p.k. 4+000 y el p.k. 8+000 de
la alternativa sur se coordinará el trazado de la
autopista con el de la línea de alta velocidad
Madrid-Castilla la Mancha.
Quinta: Con objeto de minimizar el movimiento
de tierras en el enlace con la A-42 (p.k. 120+000
de la alternativa Centro) se coordinará el trazado
en alzado de la autopista con el de la autovía A-42
previsto en el proyecto de construcción
correspondiente, modificando este último si fuera necesario.
Sexta: Se implantarán dos nuevos enlaces en el
tramo libre entre la A-42 y la A-31. El primero
estará situado en el p.k. 127+500 de la alternativa
centro en el cruce con la carretera de Los Estesos
y el segundo en el p.k. 132+700 de la alternativa
centro en el cruce con la carretera de Minaya a
San Clemente.
Séptima: Entre el p.k. 134+500 y el p.k. 136+500
de la alternativa centro se modificará el trazado
desplazándolo ligeramente hacia el Norte con el
fin de evitar la alineación recta prevista en el Estudio
informativo.
Octava: Se ajustará el trazado de forma que se
minimicen las afecciones a particulares sin afectar
a terceros.
La presente resolución pone fin a la vía
administrativa de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 109.c) de la Ley de Régimen de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común y, contra la misma se puede
interponer recurso potestativo de reposición, ante el
Ministro del Departamento, o bien directamente
recurso contencioso-administrativo ante la
Audiencia Nacional. El plazo para interponer dichos
recursos es, respectivamente, de uno (1) o dos (2) meses
a partir del día siguiente al de la publicación de
aquélla en el "Boletín Oficial del Estado", sin que
quepa formular el recurso
contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya
producido la desestimación presunta del recurso de
reposición interpuesto.
Madrid, 30 de julio de 2003.-El Excmo. Sr.
Ministro de Fomento, P. D. (Resolución Delegada de
Atribuciones, 30/05/96), el Excmo. Sr. Secretario
de Estado de Infraestructuras, Benigno Blanco
Rodríguez.
Toledo, 6 de agosto de 2003.-El Jefe de la
Demarcación.-38.816.
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