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Documento BOE-B-2003-192159

FIBANC LATINOAMÉRICA R.V., FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA (Fondo absorbente) FIBANC TECNOCOM, FONDO DE INVERSIÓN MOBILIARIA (Fondo absorbido)

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 12 de agosto de 2003, páginas 6839 a 6839 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - C. Anuncios particulares
Departamento:
Anuncios particulares
Referencia:
BOE-B-2003-192159

TEXTO

Anuncio de fusión por absorción

En cumplimiento de lo previsto en el artículo

23 bis, segundo, de la Ley 46/1984, de 26 de

diciembre, se hace público:

Que con fecha 22 de abril de 2003 y 24 de

abril de 2003, respectivamente, los Consejos de

Administración de "Ges. Fibanc, Sociedad Gestora

de Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad

Anónima", como Entidad gestora y del "Banco de

Finanzas e Inversiones, Sociedad Anónima"

FIBANC, como Entidad depositaria,

respectivamente de "Fibanc Latinoamérica R.V., Fondo de

Inversión Mobiliaria" (Fondo Absorbente) y de "Fibanc

Tecnocom, Fondo de Inversión Mobiliaria" (Fondo

Absorbido), aprobaron por unanimidad el acuerdo

de fusión por absorción de los mencionados Fondos.

Que con fecha 31 de julio de 2003, la Comisión

Nacional del Mercado de Valores, autorizó el

proyecto de fusión de los citados Fondos aprobados

por dichas Entidades Gestora y Depositaria, en el

que se recoge la fusión por absorción de "Fibanc

Tecnocom, Fondo de Inversión Mobiliaria" por

"Fibanc Latinoamerica R.V., Fondo de Inversión

Mobiliaria", con disolución sin liquidación de la entidad

absorbida y transmisión en bloque de todos sus

Activos y Pasivos a la entidad absorbente, sucediendo

ésta a título universal en todos sus derechos y

obligaciones a la absorbida.

Que, asimismo, el 31 de julio de 2003, la

Comisión Nacional del Mercado de Valores, ha

considerado de escasa relevancia la modificación del

Reglamento de Gestión de "Fibanc Latinoamerica

R.V., Fondo de Inversión Mobiliaria", mediante un

nuevo texto refundido, al objeto de adaptar las

comisiones de gestión y de depósito a la normativa

vigente, quedando el nuevo texto refundido a disposición

de quién lo precise para su consulta.

Como consecuencia de lo anterior, y de

conformidad con lo establecido en la legislación vigente

en materia de Instituciones de Inversión Colectiva,

se comunica a los señores partícipes de los Fondos

afectados, el derecho de separación que les asiste,

ejercitable en el plazo de treinta días, a contar desde

la fecha de publicación de este anuncio o de la

remisión de la oportuna comunicación a los

partícipes, sin deducción de comisiones de reembolso,

ni gasto alguno, de acuerdo con lo establecido en

el citado artículo 23 bis segundo, párrafo segundo.

Que de conformidad con lo establecido en los

artículos 242 y 243 de la Ley de Sociedades

Anónimas se hace constar que los partícipes y acreedores

tienen derecho de solicitar y obtener el texto íntegro

de los acuerdos adoptados y del proyecto de fusión

y sus anexos.

Que, así mismo, los acreedores de los Fondos

participantes en la fusión podrán oponerse a la

misma en el plazo de un mes, a contar desde la fecha

de publicación del último anuncio de fusión en los

términos establecidos en el artículo 166 de la citada

Ley.

Barcelona, 5 de agosto de 2003.-El Director

general de "Ges. Fibanc, Sociedad Gestora de

Instituciones de Inversión Colectiva, Sociedad

Anónima", Mario Rappanello.-39.194.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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