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Documento BOE-B-2003-198081

Anuncio de la Demarcación de Costas correspondiente al deslinde de los bienes de dominio público marítimo-terrestre del tramo de costa: playa, dunas y marismas de Corrubedo, Término Municipal de Riveira (A Coruña).

Publicado en:
«BOE» núm. 198, de 19 de agosto de 2003, páginas 7027 a 7028 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Medio Ambiente
Referencia:
BOE-B-2003-198081

TEXTO

Por orden ministerial de 7 de marzo de 2003

se aprobó el deslinde del tramo de unos diez mil

quinientos treinta y cinco (10.535) metros de

longitud.

La Demarcación de Costas de Galicia, en

cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 59.4 de

la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen

jurídico de las administraciones públicas y del

procedimiento común, practica las siguientes

notificaciones, para conocimiento y demás efectos, a

aquellos particulares de fincas colindantes con el dominio

público marítimo-terrestre a los que intentada la

notificación, no se ha podido practicar:

Carregal, S.L.; Delgado Franco, Silvia (Andrés

Mellado, número 67-Bis Madrid); Dunas de

Corrubedo, Asociación Vecinos (Corrubedo Santa

Eugenia de Riveira); Faro de Corrubedo, Asociación

Vecinos (Corrubedo Santa Eugenia de Riveira);

Martínez Santos, Consuelo (Calle Linares Rivas

Coruña); Naiz, S.A. [A la atención de Arotzarena,

Iribarren, Salv (Santiago Eliozondo 31700

Navarra)]; Prego Enríquez, Donato y otra (Rúa

Buenos Aires, número 20, Corrubedo-Riveira); Prego

Vidal, Ponciano (Ladeira 1 Corrubedo-Riveira);

Presidente Asociación Vecinos Carreira (Carreira Santa

Eugenia de Riveira); Presidente Asociación Vecinos

Artes; Rego Camean, Elena (Rúa das Delicias,

número 38, Corrubedo-Riveira); Reino Bertal, José

(Rúa das Delicias, número 40, Corrubedo-Riveira);

Reiría Dios, Manuel y Otros; Romay Lampón,

Angela (Rúa do Mendiño Riveira); Romay Lampón,

Juana; Segre, Juan "Panadería Gerardo".

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real

Decreto 1.471/1.989, de 1 de diciembre, por el que

se aprueba el reglamento general para desarrollo

y ejecución de la Ley de Costas, modificado

parcialmente por el Real Decreto 1.112/1.992, de 18

de septiembre, se les notifica la orden de aprobación

de deslinde, orden ministerial de fecha 7 de marzo

de 2003 esta dirección general, por delegación del

Excelentísima Señora Ministra, y de conformidad

con el servicio jurídico, ha resuelto:

I) Aprobar el deslinde de los bienes de dominio

público marítimo-terrestre del tramo de costa de

unos diez mil quinientos treinta y cinco (10.535)

metros de longitud, que comprende las playas dunas

y marismas de Corrubedo, en el término municipal

de Santa Uxía de Riveira (A Coruña), según se

define en los planos fechados en enero de 1999

y en la hoja 3-2 fechada en marzo de 2000 y

firmados por el Ingeniero Jefe de la Demarcación

Don Ricardo Babío Arcay, y por el Jefe de Servicio

de Gestión del Dominio Público, Don Carlos Gil

Villar.

II) Ordenar a la Demarcación de Costas de este

Departamento en Galicia que inicie las actuaciones

conducentes a rectificar las situaciones jurídicas

registrales contradictorias con el deslinde aprobado.

III) Otorgar el plazo de un (1) año para solicitar

la correspondiente concesión a aquellos titulares de

terrenos que pudieran acreditar su inclusión en

alguno de los supuestos contemplados en la Disposición

Transitoria Primera de la Ley 22/1988, de Costas.

Contra la presente resolución que pone fin a la

vía administrativa los interesados en el expediente

que no sean Administraciones Públicas podrán

interponer con carácter potestativo recurso de reposición

en el plazo de un (1) mes ante el Excelentísima

Señora Ministra de Medio Ambiente o,

directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo

de dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

Las Administraciones Públicas podrán interponer

recurso contencioso-administrativo, en el plazo de

dos (2) meses, ante la Sala de lo

Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, sin perjuicio

de poder efectuar el requerimiento previo en la

forma y plazo determinados en el artículo 44 de la

Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la

Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Los plazos serán contados desde el día siguiente

a la práctica de la notificación de la presente

resolución.

A Coruña, 9 de julio de 2003.-El jefe de la

Demarcación de Costas en Galicia, Ricardo Babío

Arcay.-39.150.

ANÁLISIS

Tipo:
Sin tipo definido

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