Las sentencias de 23 de diciembre de 1993 de
la Sección Sexta de la Audiencia Nacional y de 8
de junio de 2001 de la Sección Tercera del Tribunal
Supremo, estimaron el recurso presentado por Don
José Juan Herrera Quintana, ordenando retrotraer
las actuaciones administrativas respecto al concurso
público para la adjudicación de las Administraciones
de Loterías números 3, 4, 5 y 6, de Telde (Las
Palmas), convocado por resolución del Patronato
de Loterías de fecha 29 de julio de 1985 (B.O.E.
de 5 de agosto.
Concluido dicho procedimiento, en cumplimiento
de lo dispuesto en el Real Decreto 1082/85, de 11
de junio, y en la base 8 del pliego de cláusulas
administrativas de la convocatoria de este concurso
(B.O.E. de 5 de agosto de 1985), y de acuerdo
con lo establecido en el Real Decreto 2069/1999,
de 30 de diciembre y en el artículo segundo de
la Orden Ministerial de 17 de octubre de 2001
(B.O.E. del día 25), este Patronato de Loterías
acuerda:
Artículo único:
Se adjudican, una vez celebrado el concurso
público para su provisión, las siguientes Administraciones
de Loterías:
Administración de Loterías número 3 de Telde:
D. José Juan Herrera Quintana.
Administración de Loterías número 4 de Telde:
D. Francisco Díaz Peña.
Administración de Loterías número 5 de Telde:
D. Domingo Santana Peña.
Administración de Loterías número 6 de Telde:
D. Venancio Teodoro Benítez Falcón.
Los nombramientos correspondientes se
formalizarán por esta Dirección General de Loterías y
Apuestas del Estado, en el plazo de un mes a partir
del día siguiente a la publicación de esta Resolución
en el Boletín Oficial del Estado.
Contra la presente resolución podrá interponerse,
en el plazo de un mes, contado a partir del día
siguiente al de su publicación, recurso de alzada
ante el Excmo. Sr. Ministro de Hacienda
(artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de
noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimiento Administrativo
Común, y artículo 8.4 del Estatuto de la entidad
pública empresarial Loterías y Apuestas del Estado,
aprobado por Real Decreto 2069/1999, de 30 de
diciembre).
Madrid, 5 de agosto de 2003.-El Director
General, P.S., el Director de Producción (Art.o 8.o del
R.D. 2069/99, de 30-12). Fdo.: Enrique Cuadrado
Chico.-39.564.
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